Correo recordatorio, llamada de teléfono y otra vez a empezar el ciclo. Hay pocas cosas que los autónomos y pequeños empresarios podamos hacer para defendernos de los impagos. Aunque la Ley de Morosidad exige que los plazos máximos de pago sean de 60 días para la empresa privada y de 30 para el Sector Público, la realidad es bien distinta. Cepyme cifra casi en 80 días el período medio de pago empresarial y en 107 el de las corporaciones locales. En el caso de las compañías del IBEX, una quinta parte superaba el plazo legal al cierre de 2015 y, en los grandes grupos no financieros, la media se alarga hasta los 160 días. De ahí, que hace unas semanas el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, anunciase que uno de los objetivos de la legislatura sería aplicar un castigo fiscal a las empresas morosas.
Pero ¿cuál será la sanción por superar los 60 días de plazo que contempla la ley? Por el momento, no se ha detallado cómo ni cuándo se pondrá en marcha la medida. Lo que sí se sabe es que la iniciativa nace del acuerdo entre el PP y Ciudadanos, que recogía lo siguiente: “Las empresas que no cumplan con los períodos medios de pago legales no podrán acogerse a determinadas ventajas fiscales o en la cotización a la Seguridad Social”. Es decir, que se abre la puerta a la retirada de determinados beneficios fiscales, pero no se habla explícitamente de sanciones en materia tributaria. Tampoco queda claro si solo afectará a las grandes compañías, a las que cotizan en el IBEX o a cualquier pyme en general.
Habrá que esperar para saber cómo se concreta la iniciativa y si finalmente llega a un buen puerto. Los diferentes colectivos de autónomos como la UPTA o la patronal Cepyme vienen reclamando desde hace años medidas efectivas para luchar contra la morosidad que sufrimos, sobre todo, los pequeños empresarios. Sin embargo, las promesas de sanciones económicas que ha hecho el Gobierno en anteriores ocasiones nunca han llegado a materializarse. ¿Será distinto esta vez?
El efecto de la morosidad para las pymes y autónomos
El grande manda y el pequeño acata. Así es cómo empieza el ciclo de la morosidad. Cuando una compañía o Administración Pública contrata a un pequeño proveedor, este acaba aceptando por fuerza los plazos de pago que le imponen sus clientes, aunque superen de lejos el período que marca la ley. Es más que probable que tu negocio haya experimentado ya esta situación de abuso.
Las cosas se agravan todavía más cuando hay varias subcontrataciones. Por ejemplo, cuando el Sector Público encarga a una gran corporación un trabajo y esta, a su vez, pide ayuda a una pequeña empresa. Se crea así una cadena de pago, en la que las pymes o autónomos ocupamos siempre el último lugar. La gran corporación supedita el abono de la factura al ingreso por parte de la Administración y, con los frecuentes retrasos de por medio, el período de pago se va a alargando.
Pero ser el eslabón final de la cadena es solo una parte del problema. Las grandes compañías, las empresas públicas y la Administración también son víctimas de la morosidad, en menor medida, aunque sus consecuencias distan mucho de las que sufrimos los pequeños empresarios. Y es que la falta de liquidez que provoca la morosidad puede llegar a ser devastadora para un pequeño negocio.
Hay que tener en cuenta que los márgenes de beneficio y los recursos financieros que tenemos los autónomos son mucho más limitados que los de las grandes corporaciones. Esto nos hace más vulnerables a los retrasos en el cobro de las facturas, pero además restringe las medidas que podemos tomar para defendernos de ello. Tanto los procesos judiciales, como los créditos financieros para aumentar la liquidez exigen un coste económico al que muchas pymes y autónomos no pueden hacer frente. Por eso, es tan necesario establecer cuanto antes sanciones contra la morosidad. ¿Se cumplirá la promesa?