En este artículo detallamos las ventajas que encontrarán autónomos y pymes a la hora de contratar a trabajadores discapacitados y el panorama laboral de este colectivo
- Empleo en cifras
- Principales mitos
- Requisitos de la persona discapacitada
- Ventajas económicas
- Ventajas corporativas
- Bonificaciones a la contratación
Como propietario de una pyme o autónomo con un negocio te habrás visto en la situación de contratar un trabajador ¿y si fuera una persona con discapacidad? En los últimos tiempos cada vez son más las empresas que buscan acogerse a las ventajas económicas de emplear a un discapacitado. Pero ¿qué pasaría si estas medidas no existieran? En Infoautónomos estamos convencidos de que el trabajador con discapacidad es un valor añadido no solo en lo lucrativo sino en tu equipo humano, tu reputación corporativa y tu compromiso social.
1.Empleo en cifras
Los datos ofrecidos por Odismet, Observatorio sobre Discapacidad y Mercado de trabajo en España, de la Fundación Once, en 2017 hablan de 481.000 personas con discapacidad ocupadas en 2017 en relación con 1.860.600 de personas con discapacidad en edad activa. La tasa de empleo se sitúa en 25,9%.
2.Principales mitos
La Fundación Adecco también expone la realidad de un colectivo que aún sufre prejuicios y estereotipos dificultando su normalización social y su integración laboral. Esto último continúa siendo un caballo de batalla importante para las personas con discapacidad en disposición de trabajar ya que deben luchar contra los mitos instaurados. Algunos de ellos son:
- Bajo rendimiento y poca productividad
- Absentismo laboral por enfermedad
- Falta de inclusión en el equipo
- Incomodidad de los clientes a la hora del trato
- Problemas de adaptabilidad con el entorno físico
3.Requisitos de la persona discapacitada
Entre las condiciones que el nuevo trabajador debe cumplir para su contratación figuran:
- Discapacidad igual o superior al 33% reconocido como tal por el Organismo competente o pensionista de la Seguridad Social que tenga reconocida una pensión de incapacidad permanente, en cualquiera de sus formas.
- Estar inscrito en el Servicio Público de Empleo.
- El trabajador no puede haber tenido vínculo con la empresa o grupo de empresas en los 24 meses anteriores por un contrato similar.
4.Ventajas económicas
Al inicio del artículo hacíamos referencia a que la contratación de trabajadores discapacitados es una buena inversión para tu negocio por los beneficios económicos ésta conlleva. El Estado “premia” al empresario con una serie de bonificaciones que más adelante detallaremos y que dependen de una serie de aspectos.
5.Ventajas corporativas
Como ya habréis comprobado a lo largo del artículo la contratación de trabajadores discapacitados para tu negocio es una apuesta rentable y una inversión a medio plazo. Pero su rentabilidad no sólo se ciñe a aspectos económicos sino que también presenta una serie de ventajas en el plano laboral.
- Mejora la reputación de tu negocio: Tu pyme mostrará su cara más humana y su grado de compromiso con la Responsabilidad Social Corporativa. Al tomar esta determinación tu empresa está dando a conocer sus valores de respeto, diversidad y meritocracia.
- Mejora el clima laboral. Tener una persona discapacitada en plantilla facilita la eliminación de estereotipos y fomenta la integración de la misma entre el resto de trabajadores que además se sensibilizan frente a la discriminación.
- Especialización del trabajo: No debemos menospreciar las habilidades de este colectivo con capacidades diferentes a las del resto de empleados y especial destreza para ellas.
- Trabajador único en plantilla: En la propia naturaleza de las personas discapacitadas están aquellos rasgos idóneos para afrontar su actividad laboral. Nos referimos al afán de superación y motivación, las ganas de aprender, de comprometerse y de integrarse.
6. Bonificaciones a la contratación de personas con discapacidad en 2019
Entre las ventajas económicas resultantes de contratar a una persona con discapacidad destacan principalmente estas tres:
- Bonificaciones en la cuota de la Seguridad Social que van desde los 3.500 Euros y pueden ascender hasta los más de 6.000 dependiendo del grado de discapacidad, sexo y edad del trabajador además del tipo de contrato y jornada laboral. En buena lógica, los contratos temporales recibirán una bonificación inferior al contrato indefinido.
Contrato indefinido
Bonificación general | Menores de 45 años | Con 45 años o más |
---|---|---|
Hombres | 4.500€ | 5.700€ |
Mujeres | 5.350€ | 5.700€ |
Bonificación con discapacidad severa | Menores de 45 años | Con 45 años o más |
Hombres | 5.100€ | 6.300€ |
Mujeres | 5.950€ | 6.300€ |
Contratación temporal
Bonificación general | Menores de 45 años | Con 45 años o más |
---|---|---|
Hombres | 3.500€ | 4.100€ |
Mujeres | 4.100€ | 4.700€ |
Bonificación con discapacidad severa | Menores de 45 años | Con 45 años o más |
Hombres | 4.100€ | 4.700€ |
Mujeres | 4.700€ | 5.300€ |
- Deducción del Impuesto de Sociedades de 6.000€ en la cuota íntegra por cada persona contratada.
- Subvención de hasta 901 euros para la adaptación del puesto de trabajo y la eliminación de barreras arquitectónicas para el discapacitado.
Además de estas medidas cada comunidad autónoma presenta sus propios incentivos.