Qué duda cabe que autónomos y pymes son fuerza dinamizadora en la economía de nuestro país y fuente de creación de empleo; sin embargo esta labor sale bien cara, especialmente a efectos fiscales. Tanto el empresario individual como las pequeñas sociedades soportan una de las cargas fiscales más pesadas de Europa pero hay muchas consideraciones que hacer. ¿Cuáles son las principales diferencias con nuestros vecinos comunitarios? Conozcámoslas.
Partimos de la base de que nuestra intención no está en realizar una comparativa- es inviable partiendo de sistemas tan diferentes- sino un recorrido por lo más destacado de los países más cercanos poniendo el foco en el caso español.
España: el autónomo soporta un 49% de carga fiscal
Partamos de un análisis previo para contextualizar el panorama del empleo autónomo. 3.213.140 era, según el Ministerio de Empleo, es el número de autónomos registrados el pasado mes de agosto; esta cifra supone el 18,3% de los trabajadores afiliados a la Seguridad Social y el 27,6% del empleo y convierte a España en el tercer país de Europa en tasa de trabajadores por cuenta propia; por delante, Italia y Portugal.
Nuestros autónomos pasa por caja todos los meses para desembolsar como mínimo 275 euros (sin tener en cuenta a los autónomos beneficiarios de la tarifa plana) en concepto de cuota a la Seguridad Social. Estos 275 euros corresponden al pago del 29,80% sobre la base de cotización. Es el precio a pagar por cotizar en autónomos en la Seguridad Social.
Además, cada tres meses debemos declarar el IVA y el IRPF, independientemente de que se hayan cobrado o no las facturas.
Según el informe Paying Taxes 2017 publicado por PxC y el Banco Mundial sobre el que ya hablamos hace unos meses. las obligaciones fiscales de los autónomos y las pymes registrados en España alcanza el 49%, un 8,7% más de la media Europea que se sitúa en 40,3%.
La obligaciones fiscales de una empresa y su carga tributaria alcanzan en España el 49%, casi un 9% por encima de la media mundial, situada en un 40,6%. La diferencia se amplía algo si reducimos la comparativa a nivel europeo, que alcanza el 40,3%.
Las obligaciones fiscales de una pyme en España duplican a las que registra Luxemburgo (20,8%) que encabeza la lista con el menor índice europeo.
Pero profundicemos no solo en la presión tributaria de los países satélite sino en en las particularidades de los sistemas de autónomos.
Portugal, un sistema fiscal gradual
En el país vecino la carga tributaria del contribuyente autónomo alcanza el 39,8% que está exento del pago de IVA y de la cuota de autónomos a la Seguridad Social El impuesto portugués equivalente al IRPF tiene carácter anual y progresivo, pagando desde un 14,50% hasta un 48% en función de los ingresos.
Según la Agencia para la Inversión y Comercio Exterior de Portugal (AICEP), los autónomos lusos pagan un 14,5% si facturan menos de 7.000 euros al año, 28,5% hasta los 20.100 anuales, 37% hasta los 40.000, 45% hasta los 80.000 y 48% por encima de esta cifra.
El sistema fiscal italiano: no es oro todo lo que reluce
El país de la bota es el segundo de Europa con mayor número de autónomos (el 21% del total). A diferencia de España no existe una cuota fija sino que hacen frente a la Renta en función de sus ingresos pero la carga fiscal se eleva según el informe Paying Taxes 2017 hasta el 62%, siendo uno el penúltimo país de la lista con un mayor ratio fiscal.
A diferencia de otros países no existe una cuota fija para autónomos. En Italia los trabajadores autónomos solo pagan el impuesto de la renta en función de sus ganancias; supone un 20% de su facturación anual. En el apartado del IVA, el tipo general asciende al 22% y su declaración es anual.
Francia, el país europeo con mayor presión fiscal
Más de 2,8 millones de trabajadores ejercen por cuenta propia ejercen en Francia en un sistema que a partir del 1 de enero del próximo año pasará a depender del Régimen General de la Seguridad Social en aras de acercar coberturas a las de los asalariados.
A la espera de que se pongan en marcha el nuevos sistema de autónomos francés, hoy por hoy, el autónomo paga su cotización cada mes o cada tres meses conforme a su elección a partir del segundo año de actividad; tras ello la tasa de impuestos se aplica en función de ingresos y actividad: 12% en las actividades comerciales, un 21,3% para los servicios y un 18,3% para las profesiones liberales.
La cruz de esta misma moneda es que Francia es el país europeo con una carga fiscal más elevada, situada en un 62,8% conforme a los datos desprendidos por el informe.
Reino Unido, uno de los sitemas más atractivos para el autónomo
El sistema del Reino Unido es a priori muy atractivo para el llamado self employed. En las islas británicas, que aún son europeas, los autónomos pagan en función de los ingresos; si se obtiene ingresos inferiores £ 5.965 no existe la obligación de cotizar. En el resto de casos el sistema funciona de la siguiente forma:
Si los ingresos superan la cifra anterior y son inferiores a £ 8.060, el autónomo pagará £ 2,80 a la semana en concepto de seguro básico (de maternidad, defunción y pensión).
Si lo ingresos obtenidos están entre £ 8.060 y £ 42.385 pagará el 9% más un 2% en el caso de que se supere el umbral de los £ 42.385
En materia fiscal los autónomos están exentos de hacer declaraciones trimestrales de IVA y soportan una carga del 30,9%.
El caso alemán: tan solo dos décimas menos de carga fiscal
En Alemania la cuota de autónomos es de 140 euros en el caso de que el trabajador ingrese más de 1.700 euros mensuales. En el supuesto de que la cuantía sea menor también estará exento del pago de cuota. El aspecto menos conveniente del sistema alemán es que el autónomo no se integra en el sistema sanitario y ha de hacer frente obligatoriamente a un seguro médico cuyo coste varía entre los 150 y los 250 euros.
El funcionamiento de la fiscalidad del autónomo alemán es similar al del español pero la carga del contribuyente germano es dos décimas menor, un 48,9%. Sus trabajadores autónomos pagan los impuestos correspondientes al IVA y al IRPF; sin el trabajador por cuenta propia germano que no ingrese un mínimo de 17.340 euros netos anuales está exento del pago de IVA. Además, la fecha de la factura emitida ha de ser necesariamente la fecha de cobro.
Respecto al IRPF germano el importe que se retiene es también gradual conforme a la clase fiscal a la que se pertenezca (hay hasta seis) y ésta a su vez depende de la situación civil y de los ingresos. Para los ingresos mensuales de más de 4.000 euros el autónomo deberá aportar hasta el 45%.