Con el comienzo de 2018 llega el cuarto y último trimestre junto a los resúmenes anuales. Los autónomos y las pymes reciben el pistoletazo de salida el próximo 1 de enero y van a la carrera hasta el mismo día 31. Así que, prepárate bien porque en enero vienen curvas.
Hagamos recopilatorio de las declaraciones que esperan tu presentación tras las uvas. El checklist. que a continuación, detallamos contempla tanto las declaraciones trimestrales como sus correspondientes resúmenes anuales. Como verás, es un mes en el que se concentra el grueso de tus obligaciones fiscales, por eso lo mejor es contar con un buen servicio de asesoría online como el de Infoautónomos que te facilite la labor.
¿Qué modelos trimestrales te toca ir preparando?
- Modelo 303: Autoliquidación trimestral del IVA. Si tu actividad está sujeta al impuesto tendrás que presentar esta declaración.
- Modelo 309: Liquidación no periódica del IVA. Se trata de un modelo poco habitual que aquellos autónomos sujetos a regímenes especiales como el de recargo de equivalencia o los de pesca, ganadería y agricultura están obligados a presentar.
- Modelo 368: Si tu actividad está sujeta a comercio electrónico y vendes a particulares fuera de España, tienes que aplicar el IVA del país donde vendes y presentar este modelo trimestral 368.
- Modelo 130: Autoliquidación del pago fraccionado del IRPF. Todos aquellos autónomos que realicen actividad económica registrada en el censo de empresarios (IAE) tienen la obligación de hacer frente a este modelo 130, con excepción de quienes hayan facturado con retenciones más del 70% de su facturación a empresas, autónomos y entidades jurídicas con sede en España.
- Modelo 131: Autoliquidación del pago fraccionado del IRPF. Empresarios y Profesionales en Estimación Objetiva. En caso de ser trabajador por cuenta propia y tributar por módulos presentarás el modelo 131 en lugar del inmediatamente anterior.
- Modelo 111: Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF. Si eres trabajador por cuenta propia y aplicas descuentos en el importe de las rentas por rendimientos de trabajadores, empresarios o profesionales forzosamente declararás dichas retenciones antes Hacienda.
- Modelo 115: Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos. Esta definición tan extensa que realiza Hacienda del modelo se reduce a la obligatoriedad de declarar las retenciones practicadas sobre los alquileres de locales en los que autónomos y empresarios desarrollan la actividad.
- Modelo 349: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. No olvides que también tienes la obligación de detallar tus operaciones ante la Administración si eres operador intracomunitario.
No te olvides de los resúmenes anuales
A través de ellos Hacienda verifica la correlación con las cuentas trimestrales. El descuadre puede ser motivo de comprobaciones fiscales.
- Modelo 180: Es el modelo anual correlativo al modelo 115 de retenciones en el IRPF practicados sobre alquileres de inmuebles urbanos.
- Modelo 190: Si has presentado el modelo 111 de retenciones en el IRPF sobre rentas de trabajadores, empresarios y autónomos también tendrás que declarar el resumen anual con el modelo 190 coincidiendo con el cuarto trimestre.
- Modelo 390: Esta declaración anual del IVA que guarda correspondencia con el modelo 303 trimestral es el caballo de batalla de muchos autónomos por su densidad y complejidad, motivos de sobra para recurrir a la experiencia de una asesoría fiscal.
Nueva alta en autónomos en el cuarto trimestre pero sin facturación
Es una de las preguntas más frecuentes entre nuevos autónomos. Si por ejemplo te has dado de alta en Hacienda en el último trimestre pero no has emitido facturas, sigues obligado a presentar tus declaraciones, eso sí, sin actividad, tanto en resúmenes trimestrales como anuales.