Hace ya unos meses que en el blog de Infoautónomos nos preguntábamos sobre la idoneidad del ticket o de la factura para ahorrar el IVA en los pequeños gastos. Ahora, tras la presentación la pasada primavera del Proyecto de Reforma del Reglamento de Facturación, y en caso de ser aprobado, el documento sustitutivo de factura, es decir, el llamado ticket, dejará de denominarse como tal y pasará a englobarse dentro de la factura simplificada.
Según recoge el citado texto, y “con la finalidad de establecer un sistema armonizado de facturación en el ámbito de la Unión Europea y de promover y facilitar el funcionamiento de los pequeños y medianos empresarios así como de los profesionales”, se establecerá un nuevo sistema de facturación basado en dos tipos de factura: la factura completa u ordinaria y la factura simplificada, que viene a sustituir a los denominados tickets.
Hasta ahora, era posible justificar mediante un ticket las actividades cuyo cliente era un consumidor final o gastos relacionados con pequeñas compras de material de oficina, comidas fuera del centro de trabajo o combustible (cuyo IVA no era deducible).
En el caso de que el nuevo reglamento sea aprobado, además de la sustitución del ticket por la factura simplificada, con la que será posible deducir el IVA, se ampliarían los supuestos en los que emitir una factura simplificada:
- Cuando el importe no exceda los 400 euros, IVA incluido
- Cuando deba expedirse una factura rectificativa
- Cuando el importe no supere los 3.000 euros, IVA incluido, en actividades como la venta al por menor, los servicios de ambulancia, la venta a domicilio, transporte de personas o servicios de peluquería, entre otros.
Para la emisión de una factura simplificada, es necesario que ésta reúna una serie de requisitos mayores de los que se exigen con el ticket, como la inclusión del NIF y denominación del receptor, el detalle del producto o servicio prestado y el tipo de IVA que se impone.
Si quieres conocer más sobre cuáles son los datos que debe contener una factura o cuándo tienes la obligación de emitirla, puedes consultar este artículo sobro cómo facturar y descargarte este sencillo modelo de factura.
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