En el año 2007, el Estatuto del Trabajo Autónomo incluía una nueva figura de especial naturaleza: el trabajador autónomo económicamente dependiente (TRADE) que factura al menos el 75% de los ingresos a una misma empresa o profesional. Más de una década después, esta figura continúa vigente no sin polémica servida por su estrecha línea fronteriza con el falso autónomo, otra figura diferenciada al margen de la legalidad que constituye fraude laboral por parte de las empresas.En la próxima infografía detallamos las principales características del contrato del autónomo dependiente: tipo, duración, contenido y motivos de extinción.
Recuerda que las obligaciones fiscales del autónomo dependiente son las mismas que las del resto de trabajadores por cuenta propia por lo que te recomendamos ponerme en las manos amigas de una asesoría online de confianza para la gestión fiscal de tu actividad económica.