Entre un trabajador autónomo y un trabajador por cuenta ajena hay unas cuantas diferencias, entre ellas la forma de pagar impuestos.
¿Cuáles son las principales diferencias entre lo que pagan unos y otros? Bien, hay tres impuestos fundamentales que ambos pagan; el IRPF, la Seguridad Social y el IVA.
– El IRPF es un impuesto progresivo que se lleva una parte proporcional al beneficio obtenido por el trabajador. Cuanto mayor es tu beneficio a final de mes, más cantidad de impuesto pagas, dentro de unos tramos de recaudación.
En este impuesto apenas hay diferencias entre lo que paga un autónomo de lo que paga un asalariado. Es cierto que como autónomo puedes desgravarte los gastos de tu actividad. Sin embargo un asalariados también cuenta con otro tipo de deducciones varias. Mientras comparemos trabajadores que se encuentren en el mismo tramo de recaudación, no hay diferencias importantes.
– La Seguridad Social es el impuesto con el que se financian prestaciones sociales como la sanidad pública, el desempleo, la educación…
Es en este impuesto donde más diferencias encontramos entre el trabajador autónomo y el asalariado. Mientras que los asalariados pagan un 6,4% de su salario bruto (4,70 % en concepto de contingencias comunes y 1,70% en concepto de formación y desempleo) un autónomo paga el 29,80 % de la base de cotización (una cantidad fija, tenga ingresos o no). Suponiendo un sueldo bruto de 1.000 €, el asalariado debería pagar 64 €, mientras que el autónomo, sin necesidad de cobrar esos 1000 € debe pagar 248,35 €. Para que un autónomo y un asalariado pagaran lo mismo, sería necesario que el asalariado cobrara en torno a los 3.875 € y el autónomo no pasara de los 900 €… en fin, que en términos generales paga más un autónomo.
Hay otra diferencia, relacionada con las prestaciones sociales. Mientras que un trabajador asalariado disfruta de la baja desde el primer día (el 100 % del sueldo los primeros 4 días si no se ha tenido una baja anteriormente ese año, el 60% del 5º al 20º día y el 75% a partir del 21), el autónomo no puede pedirla hasta el 4º día (los porcentajes que se aplican para la baja son los mismos, aunque sobre la base de cotización). Esto sólo se aplica a contingencias comunes (es decir, enfermedades generales). Si la baja se debe a accidente de trabajo, el autónomo no la tiene cubierta a menos que pague un extra. De no ser así, no podrá disfrutar de ella.
A partir de noviembre el autónomo podrá disfrutar de prestación por desempleo (aunque en condiciones más duras que las de los asalariados). Por último, las pensiones de jubilación de los autónomos suelen ser más reducidas, al no poder cotizar por una base superior.
Conclusión, en la mayoría de los casos (ingresos medios entre 1.500 y 2.500 € al mes) los autónomos pagan más a la Seguridad Social que los asalariados, y en cambio reciben menos prestaciones.
—- Corrección: En realidad el empresario paga por el asalariado entre el 33% y el 40% de impuestos respecto al sueldo bruto. Y ahí está la aparente diferencia. Son muy interesantes, en este sentido, los comentarios de Angel Luis y Carlos más abajo ———–
– IVA: Un impuesto no progresivo, de carácter indirecto, que grava las transacciones de bienes y servicios.
Lo pagan tanto asalariados como autónomos. Desde julio pagamos un 18% u 8 % sobre todas las compras que realizamos. En este caso, el autónomo tienen la ventaja de poder deducir todo el IVA de aquellas compras realizadas por su actividad. Sin embargo, por otro lado, también tiene que abonar a la Agencia Tributaria el IVA que recaudan en su nombre (al emitir facturas). El principal problema que se plantea aquí es que aunque no hayas cobrado una factura (porque el cliente no haya pagado o porque el abono se realice a 30 ó 60 días), tienes que seguir pagando el IVA a Hacienda.
Así en la mayoría de los casos, es normal que el autónomo tenga la sensación de que paga más y recibe menos prestaciones.