Quedan apenas seis días para que en circunstancias normales Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) procediera al cobro de la cuota de autónomos de marzo.
Pero las circunstancias no son las normales y muchos autónomos se encuentran sin liquidez para hacer frente al pago de la cuota. ¿Qué va a ocurrir en los próximos días?, ¿va a cobrar Seguridad Social la cuota a todos los autónomos?
Prepara tu bolsillo.
Conforme a las últimas medidas aprobadas por el Gobierno, los autónomos que soliciten y sean beneficiarios del cese de actividad no tendrán que pagar cuota de autónomos y continuarán de alta en Seguridad Social y Hacienda; incluidos los autónomos societarios y los autónomos con tarifa plana.
Sin embargo, con mucha probabilidad, todos los autónomos, los que tienen derecho a esta exoneraxión de cuota y los que no, van a tener que hacer frente al pago de la cuota de autónomos en marzo.
Habrá que hacer frente a la cuota de autónomos de marzo
El Criterio 5/2020 del Ministerio de Seguridad Social sobre la aplicación de la prestación extraordinaria por cese de actividad solo clarifica la exoneración del pago de la cuota en este caso ; pero ni rastro del cómo y cuándo de esa exoneración.
Para arrojar un poco de luz sobre el tema nos remitimos a lo publicado ayer por El Mundo. Este diario apuntaba que el Gobierno no contempla la suspensión de la cuota de marzo y que, según fuentes del Ministerio de Seguridad Social, se procederá a la devolución automática de la cuota una vez se haya concedido la prestación por cese de actividad. Además, desde Infoautónomos hemos podido confirmar esta información.
Asegúrate bien de dispones de dinero en tu cuenta bancaria porque Tesorería General de la Seguridad Social te va a cobrar en unos días los 286,15 euros en concepto de cuota; menos si estás en tarifa plana, más si cotizas por una base por encima de la mínima
Como nos hemos acostumbrado a decir en estos tiempos de crisis por Coronavirus, hay que esperar para conocer los detalles y las nuevas especificaciones de las medidas aprobadas, entre ellas este procedimiento de devolución de la cuota de autónomos.
Conviene recordar que la solicitud de la prestación por cese de actividad se ha de solicitar a la Mutua colaboradora entre los días 15 de marzo y 14 de abril, aunque esta fecha límite es prorrogable si se extiende el estado de alarma. Puedes ampliar información en este artículo sobre el cese de actividad.