Llega in extremis el ansiado aplazamiento de la presentación de impuestos. Los autónomos que aún no hayan hecho frente a sus obligaciones del primer trimestre del ejercicio 2020 cuentan con una nueva fecha de vencimiento del plazo de presentación. Será el 20 de mayo, y no el 20 de abril como se establece generalmente en el calendario fiscal, cuando finalice este plazo de presentación y de pago de impuestos tal y como y se ha aprobado en el Consejo de Ministros celebrado en la mañana de hoy.
El aplazamiento de la presentación de impuestos afectará al 99% de los autónomos
Esta nueva moratoria fiscal que, tiene como fin la inyección de más de 3.500 millones de euros de liquidez en el 99% de autónomos y en el 94% de pymes, llega tan solo un día antes del vencimiento del plazo ordinario del pago de impuestos con domiciliación bancaria. Extraordinariamente, los autónomos y las asesorías fiscales podrán extender este plazo se hasta el 15 de mayo.
Además, según lo aprobado en Consejo de Ministros, todos los cargos se realizarán el 20 de mayo con independencia del momento de la presentación, todos los cargos.
Así, esta extensión del plazo de presentación y pago de impuestos hasta el próximo 20 de mayo, para autónomos y pymes con un nivel de facturación inferior a 600.000 euros, afectará principalmente a las siguientes declaraciones trimestrales:
- Modelo 303 de declaración trimestral de IVA.
- Modelo 130 y 131 de pago fraccionado del IRPF.
- Pago fraccionado del Impuesto de Sociedades.
La declaración de la Renta 2019 queda, por tanto, fuera de este aplazamiento de presentación de impuestos.
Falta por conocer el desarrollo reglamentario de la medida que se publicará previsiblemente mañana en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Moratoria en el pago de impuestos, también entre las medidas fiscales por el coronavirus COVID-19
Esta aplazamiento de la presentación de impuestos se añade a la moratoria del pago de los mismos. Conviene recordar que el Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19 aprobó la moratoria fiscal de todas aquellas deudas, afectadas o no por esta crisis, derivadas de liquidaciones y autoliquidaciones entre el 13 de marzo de 2020 y el día 30 de mayo de 2020, ambos inclusive, y también las referentes a retenciones del IRPF que habitualmente no son susceptibles de aplazamiento.
El aplazamiento del pago de impuestos y deudas inferiores a 30.000 euros de los autónomos, con un volumen de operaciones no superior a 6.010.121,04 euros, tiene una duración máxima de seis meses y no se aplicará intereses o recargos durante los tres primeros meses.
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El cambio de módulos a estimación directa queda pendiente
Otro de los puntos susceptibles de aprobación durante el Consejo de Ministros de hoy era el cambio de forma extraordinaria del sistema de tributación del IRPF para los autónomos en estimación objetiva, conocido como módulos. El Gobierno, que ha emplazado su luz verde a los próximos Consejos de Ministros, estudia la posibilidad de que los autónomos que tributen por módulos puedan pasar temporalmente al régimen de estimación directa.
Recuerda que seguiremos informando esta medida y el resto de ayudas aprobadas por el Gobierno para que autónomos y pymes hagan frente al azote de esta crisis sanitaria económica. Accede a nuestro espacio específico COVID-19 y empápate de todo lo publicado hasta el momento.