Son muchos los emprendedores y pequeñas empresas que en los últimos años, y ante el bloqueo del crédito y las dificultades para conseguir financiación, han visto en la financiación colectiva o crowdfunding una alternativa útil y eficaz para conseguir el capital necesario para llevar a cabo sus proyectos.
Sin embargo, parece que el Gobierno está dispuesto a “cerrar el grifo” al crowdfunding tras la presentación del anteproyecto de ley de Fomento de la Financiación Empresarial, que ya fue anunciada en el pasado Debate Sobre el Estado de la Nación, y cuyo plazo de presentación de alegaciones por parte de las empresas del sector acaba el próximo 28 de marzo.
Así, las medidas propuestas por el Ejecutivo han generado gran controversia entre las plataformas del crowdfunding en particular y el clima emprendedor en general ya que, de aplicarse, se limitarían muchos aspectos del proceso de financiación colectiva.
Recordemos que, pese a ser una fórmula cada vez más extendida en el mapa del emprendimiento español, existen grandes vacíos legales que la ley de Fomento de la Financiación Empresarial pretende cubrir, aunque para ello no hayan contando con la opinión de las propias plataformas de crowdfunding, que ahora preparan un “contraproyecto” de ley para evitar que las nuevas medidas resten competitividad al sector.
¿Cuáles son las nuevas limitaciones al crowdfunding?
Recordemos que las limitaciones recogidas por el texto presentado por el Ejecutivo afectan, especialmente, a las inversiones en participaciones de pequeñas empresas o equity crowdfunding, y a los préstamos con intereses entre particulares, lo que también se denomina como crowdlending. Sin embargo, la propuesta del Gobierno no incluye a las plataformas de micromecenazgo mediante donaciones, compraventa ni préstamos sin intereses.
Así, la limitación más destacada es la limitación cuantitativa en cuanto al importe máximo de captación de fondos por proyecto de financiación participativa a través de las Plataformas de Financiación Participativa, esto es, las plataformas de crowdfunding, que no podrá ser superior a 1.000.000 euros en total.
Además, ningún inversor podrá aportar más de 3.000 euros un el mismo proyecto publicado por una misma Plataforma de Financiación Participativa ni más de 6.000 euros en un periodo de 12 meses en el conjunto de los proyectos publicados por una misma Plataforma de Financiación Participativa.
Otra de las limitaciones que encontramos en el anteproyecto de ley es la limitación espacial. Así, la futura norma establece que los proyectos estén basados en España, lo que podría incurrir en una pérdida de competencia de las plataformas de crowdfunding españolas, que se verían constreñidas a la hora de competir a nivel internacional.
Además, el anteproyecto de ley prohíbe también que las plataformas de crowdfunding realicen actividades propias de las empresas de servicios de inversión o entidades de crédito, tales como asesorar, conceder créditos o préstamos a los inversores, publicitar proyectos concretos o imponer tarifas según el éxito que tengan con su campaña. En caso de incumplimiento se prevén sanciones de hasta 200.000 euros.
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