Si eres autónomo y trabajas desde casa, tenemos buenas noticias para ti, hasta el momento sólo te podías deducir un porcentaje del gasto de la vivienda que correspondía con la parte de la vivienda dedicada a tu actividad profesional. Ese porcentaje era también aplicable a los gastos asociados, como los suministros, pero Hacienda lo había puesto casi imposible al exigir contadores separados.
Desde que el pasado mes de marzo, el Tribunal Supremo falló una sentencia a favor de una autónoma madrileña que solicitaba desgravar los gastos generados por su actividad profesional, las cosas se han estado moviendo favorablemente para los autónomos que trabajan desde casa.
Resolución del TEAC
Una reciente resolución del TEAC (Tribunal Económico Administrativo Central) ha enfrentado la postura que Hacienda tenía con los autónomos que trabajan desde casa. Esta resolución vinculante permite ahora deducir gastos de suministros y relacionados con la vivienda donde se lleve a cabo a la actividad económica.
Hasta ahora, sólo los gastos derivados de la titularidad de la vivienda podían deducirse en el IRPF, es decir la tasa de basura, o el IBI. Además esta deducción está fijada según el número de metros cuadrados que se emplean en la vivienda para llevar a cabo la actividad económica. Para evitar problemas con Hacienda, recomendamos deducir entre un 10% y un 40% de los gastos totales de la vivienda.
La gran novedad (a medias)
A partir de ahora, los profesionales que compartan su lugar de trabajo y vivienda habitual, podrán deducir los gastos generados por su actividad económica en su declaración de la renta. Pues tal y como le espetó el TEAC a Hacienda “si un autónomo asume gastos en suministros para realizar su trabajo, tiene derecho a deducírselos”. Menudo varapalo para Hacienda.
Lo complicado viene ahora, pues es difícil determinar que parte del suministro ha sido utilizado para uso personal y qué para profesional. Dada la complejidad de la cuestión, han determinado una fórmula poco matemática y práctica a nuestro parecer, ya que se trata de un criterio combinado de días trabajados, horas, actividad y metros cuadrados a la vivienda.
Decimos que es una novedad a medias, porque seguimos sin poder resolver la cuestión que más nos preocupa que es ¿cómo podemos demostrar ante hacienda el número de horas trabajadas? ¿Qué pasa si trabajo un mes más que otro? ¿Como contabilizo el gasto de suministro para mi actividad profesional sin tener dos contadores separados?
¿Qué pasará ahora?
Por el momento debemos esperar, pues esta resolución vinculante es del pasado 10 de septiembre y aún es pronto para sacar conclusiones. Aunque al ser una resolución vinculante, Hacienda deberá emitir un comunicado interno a sus funcionarios, para que sepan como actuar a partir de ahora. Aunque recomendamos a los autónomos y sus asesores fiscales que tengan los ojos muy abiertos para buscar la forma de demostrar ante hacienda el uso profesional de los suministros de la vivienda.