Blog
¿Qué es un falso autónomo?
Genera ilusión para hacer crecer tu negocio, no seas ilusoLos informes internacionales: herramienta para la internacionalizaciónCómo renunciar al régimen de módulos de autónomos durante la crisis del CoronavirusAhora las empresas también podrán reclamar por la cláusula suelo¿Puedo contratar a un hijo menor de 30 como asalariado?4 cambios en el Plan General Contable que afectan al ejercicio de pymesEmprendimiento: el refugio contra el paro¿Cuánto cuesta darse de alta y ser autónomo en España?Los epígrafes IAE para las profesiones digitalesLos transportistas que facturen menos de 300.000 € tributarán por módulosAyudas autonómicas para trabajadores autónomos en la crisis del COVID-19Cómo hacer una factura de autónomo a autónomoEl Supremo permite perdonar el 70% de la deuda contraída por los autónomosCambios en el IVA del ecommerceLa carga tributaria de las empresas españolas alcanza el 49%Ventajas fiscales de contar con una buena asesoríaCómo evitar sorpresas con la Seguridad Social si te das de baja laboral como autónomoIncentivar al comercio minorista para vender por Internet: próximo objetivo del GobiernoLos cursos más demandados por los autónomosPagos telefónicos a la Agencia Tributaria a partir del 1 de diciembreLos trabajadores ya no tienen que aportar a su empresa los partes de baja por incapacidad temporalAutónomos, ¿nos adaptamos a la LOPD?10 motivos para utilizar un software de facturación online en tu negocioGestión del tiempo: el método GTDResumen de novedades para el autónomo en 20117 claves para afrontar una crisis de reputación online

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario

¿Quieres añadir más información?

Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

¿Qué es un falso autónomo?

Resumen > Si la vida de autónomo ya es complicada de por sí, la de falso autónomo se complica mucho más. Por ello, antes de formalizar nada con una empresa, antes de firmar un contrato mercantil, os recomendamos analizar si estamos en una situación de “falso autónomo”.

Actualizado el 12 de noviembre de 2021

2 minutos de lectura

Por Ru

El falso autónomo es un trabajador de una empresa que en vez de estar dado de alta en el Régimen general de la Seguridad Social cotiza como autónomo. Es decir, trabaja para la empresa, pero como autónomo, con horarios de entrada y salida, bajo las órdenes de un superior y sin poder trabajar para otros clientes. Dicho de un modo más sencillo: trabaja como un asalariado pero está “contratado” como si fuera un autónomo.

Supone un evidente perjuicio respecto a otros compañeros de la empresa que puedan estar contratados por cuenta ajena, ya que los falsos autónomos no tienen los mismos derechos laborales, sobre todo a nivel de prestaciones (pensión de jubilación, derecho a paro, bajas por incapacidad temporal, etc) pero en ocasiones tampoco de vacaciones o permisos.

 

Se trata de una figura ilegal muy controvertida. Veamos sus implicaciones

 ¿Qué supone ser falso autónomo?

  • Cotización: A efectos de cotización a la Seguridad Social, aparecen inscritos en el Régimen Especial del Trabajadores Autónomos (RETA) en lugar de en el Régimen General.
  • Pérdida de derechos: Evidentemente, un falso autónomo tiene muy complicado hacerse con una indemnización en caso de ser despedido a no ser que demuestres tu relación laboral. No tienes vacaciones retribuidas, ni permisos retribuidos, lactancias, reducciones de jornada y demás situaciones previstas para los trabajadores por cuenta ajena.
  • Facturación: El falso autónomo emitirá facturas con IVA, además de un  IRPF superior. Deberá presentar ante Hacienda declaraciones trimestrales y estará sujeto a otras obligaciones contables, pero, como decimos, seguirá trabajando para una empresa sin los mismos derechos que el resto.
  • Obligaciones: El falso autónomo deberá cumplir con las mismas obligaciones fiscales y con la Seguridad Social que cualquier trabajador autónomo, que, a diferencia de él, cuenta con plena “autonomía” a la hora de desarrollar y gestionar su actividad profesional o empresarial, además de obtener una menor protección social y laboral que si fuera un trabajador asalariado.

Diferencias con el autónomo dependiente

Además, hay que tener claras una serie de diferencias.

Existe una diferencia entre falso autónomo y autónomo dependiente (TRADE) , figura recogida en la la Ley 20/2007, del Estatuto del Trabajador Autónomo. Para evitar confusiones entre falso autónomo y TRADE, debido a la delgada línea que separa en muchas ocasiones una de otra, cabe mencionar que estos últimos son aquellos trabajadores por cuenta propia que emiten para una única empresa o cliente, como mínimo, el 75% de su facturación. Aunque no dependen ni funcional ni jurídicamente de dicha empresa o cliente. Además, podrán facturar a más clientes, pero ésta será tu principal fuente de ingresos y de empleo de tu tiempo. Tienen poder de decisión, derecho a cobrar una indemnización en caso de que se rompa la relación laboral, etc. En definitiva, están más respaldado.

En cambio, los falsos autónomos son el resultado de las malas prácticas en la contratación por parte de empresas. Desgraciadamente, esta figura, a consecuencia de la crisis, ha resurgido con mucha fuerza. En realidad, esta figura constituye un fraude a la Seguridad Social que perjudica a todos, al propio trabajador y a la Administración. Además, los falsos autónomos están sometidos a tareas y horarios regulares y predefinidos y a decisiones y retribuciones marcadas de manera unilateral por parte de la empresa que contrata.

Contrato laboral o mercantil

Si nos centramos en las diferencias en el  tipo de contrato, mercantil o laboral, cabe mencionar que son cada vez más las empresas las que “optan” por contratar a sus trabajadores como falsos autónomos mediante un contrato mercantil en lugar de con un contrato laboral (relación empresa-trabajador por cuenta ajena). Un contrato mercantil se celebra entre una empresa y un trabajador autónomo. Recuerda que cuando trabajas con un contrato mercantil, el autónomo es quien paga sus cotizaciones a la Seguridad Social y debe cumplir con la contabilidad y las declaraciones de impuestos. Antes de aceptar este contrato debemos valorar los costes, y la pérdida de derechos como trabajadores por cuenta ajena.

 

Ru

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

¿Quieres acceder a recursos que te facilitan el día a día como autónomo?

Regístrate GRATIS y accede guías de facturación y contabilidad, plantillas para gestionar tus ingresos y gastos, ventas y mucho más….