Durante la pandemia, muchas empresas se beneficiaron de las subvenciones que el Gobierno concedió para afrontar la dura situación que los negocios tuvieron que atravesar.
Sin embargo, pocos saben las obligaciones con Hacienda que tienen antes de finalizar este año.
Todas aquellas organizaciones SL que se hayan beneficiado de algún tipo de ayuda deben presentar la “Hoja Covid-19”.
¿Qué es lo que se debe incluir en ella?
¿Quiénes deben presentar la “Hoja Covid-19”?
La “Hoja Covid-19” la deben aportar aquellas Sociedades Limitadas (SL) que hayan solicitado ayudas públicas durante la pandemia, como créditos ICO o ERTE.
Debido a esta situación excepcional, la presentación deberá hacerse este año antes de que culmine el 2021. El plazo termina el 31 de diciembre, por lo que hay que darse prisa.
El objetivo de rellenar la “Hoja Covid-19” es asegurarse de que las Sociedades Limitadas hayan cumplido con los requisitos para acceder a esas subvenciones. Este formulario permite revisar y hacer las comprobaciones oportunas.
¿Cómo rellenar la “Hoja Covid-19”?
Para rellenar la “Hoja Covid-19” las empresas deben acceder al portal web del Registro Mercantil. En él habrá que seleccionar “declaración Covid” y facilitar los datos que se solicitan: el nombre del titular de la SL, su NIF, teléfono, dirección, correo electrónico y, si así fuese, nombre del representante legal.
Es fundamental que no quede ningún campo vacío, ya que si falta información, el formulario no será válido.
También hay que tener presente que resulta imprescindible contar con un certificado electrónico en vigor y la notificación del archivo de las cuentas del ejercicio del año anterior, 2020.
La notificación del archivo de las cuentas es algo que las SL deben tener a mano en el momento de realizar la “Hoja Covid-19”. En él estarán tanto el número de la entrada como el del archivo para rellenar el formulario, por lo que se recomienda revisar todo el contenido y las cuentas anuales de forma adecuada.
Firmar el formulario
Una vez estén todos los datos introducidos, con las ayudas recibidas e incluso la solicitud de cese de actividad que puede ser verificada, el formulario debe firmarse con el certificado digital.
Por lo tanto, conviene comprobar y actualizar el certificado, y validarlo si ha caducado.
Envío y pago del arancel
Cuando el formulario de las cuentas anuales esté listo, hay que acceder de nuevo a la página web del Registro Mercantil para subir y enviar el documento.
En el caso de que haya algún error en la cumplimentación del mismo, habrá que descargar la “Hoja Covid-19” de nuevo y volver a introducir los datos.
En el momento en el que todo esté bien, habrá una pasarela de pago en la que se tendrán que abonar 3,64 euros para presentar el formulario.
¿Qué ocurre si no se cumplen los requisitos?
Tras la presentación del formulario de cuentas anuales puede ocurrir que exista alguna ayuda, incluso cese de actividad, del que se haya beneficiado una SL sin cumplir con los requisitos necesarios.
En caso de que haya incorrecciones es posible que se exija la devolución del dinero recibido. Por lo tanto, hay que estar atentos a esta posibilidad.
De nuevo, el plazo para entregar el resumen de las cuentas anuales de las SL finaliza el 31 de diciembre, pero se puede rellenar esta hoja desde ahora para anticiparse y evitar posibles sanciones, ya que la presentación de este formulario es obligatoria antes de que llegue a término el 2021.