Esta semana el Gobierno ha presentado una nueva propuesta para los autónomos con respecto al nuevo sistema de cotización por ingresos reales.
Ahora, proponen rebajar la cuota mínima a 202 euros y volver a aumentar la máxima hasta los 1.123 euros.
Y, además, han planteado un nuevo esquema de protección para autónomos en situación de dificultad.
Te contamos los detalles de ambas propuestas.
Rebaja de la cuota mínima a 202 euros
Con su última propuesta, desde el Ejecutivo plantean ahora una cuota mínima de 202 euros para los autónomos con los rendimientos más bajos, y una máxima de 1.123 euros para los que tengan una facturación mensual superior a los 3.620 euros.
Además, se han propuesto otros importantes cambios a la baja en los tramos en los que se encuentran la mayoría de los autónomos:
- Los autónomos con rendimientos entre 1.125,9 y 1.300 euros pasarían a abonar 290 euros, en vez de los 316,71 euros anteriores.
- Los autónomos con rendimientos entre 1.300 y 1.500 euros pasarían a abonar 382 euros, en vez de los 391 euros anteriores.
Y también se han planteado cambios que influirían en el cálculo de los rendimientos para clasificar a los autónomos. La anterior propuesta de permitir una deducción del 5% de los gastos, ha pasado a ser de dos tipos en función del autónomo:
- Deducción del 3% para los autónomos societarios.
- Deducción del 7% para el resto de los autónomos.
Mecanismos de protección para autónomos
Y, por otro lado, el Gobierno también ha puesto sobre la mesa un nuevo esquema de acción protectora para el colectivo de los autónomos.
Se trata de una prestación extraordinaria, similar a la que se lanzó los dos últimos años de pandemia, que quedaría dividida en dos modalidades: para empresas en crisis cíclicas y para empresas en crisis estructurales.
Prestación para empresas en crisis cíclicas
Esta prestación estaría dirigida a autónomos empleadores que estén aplicando a su plantilla un mecanismo RED autorizado y demuestren una caída de rendimientos netos del 50%.
En cuanto a autónomos sin asalariados, se exigiría también esta pérdida de la recaudación.
La prestación cubriría el 50% de la base mínima, no consumiría paro y tendría una exoneración total de la cuota.
Prestación para empresas en crisis estructurales
En este caso, para percibir esta prestación los autónomos tendrían que cumplir los mismos requisitos que en el caso anterior y, además, estar participando en un proceso de recualificación.
Con ello, tendrían una exención del 60% de la cotización durante la duración del ERTE estructural.
Cambios en la prestación por cese ordinario
Y con el objetivo de reforzar aún más las ayudas, el Gobierno también ha propuesto reajustar la prestación por cese ordinario de la siguiente manera:
- Si el autónomo sufre un cese temporal de toda o parte de su actividad, con una caída del 50% de sus rendimientos, recibiría una prestación en función de su base de cotización sin tener que pagar la cuota.
- Si el cese es definitivo, la prestación sería del 100% sin abonar tampoco la cuota.
- Si el cese es por motivos económicos, los autónomos con trabajadores a su cargo deberán tener un ERTE activo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP) y acreditar una caída de ingresos (aún sin especificar). Así, podrían percibir la prestación y tendrían una exención en el pago de las cuotas. Mientras que, para aquellos autónomos sin trabajadores a su cargo, la situación no cambiaría.