En España existe una figura jurídica un tanto desconocida que, sin embargo, aporta un marco jurídico ideal para algunos pequeños negocios.
Se trata de la comunidad de bienes.
¿En qué consiste? ¿Qué tipos hay? ¿Cómo ponerla en marcha?
Aunque este tipo de organización puede surgir en varios contextos, se utiliza comúnmente en el mundo empresarial y en situaciones de herencias.
¿Qué es una comunidad de bienes?
Se trata de un acuerdo privado entre dos o más personas que comparten la titularidad sobre un derecho o la propiedad de un bien.
Sus integrantes se llaman comuneros, copropietarios o codueños y tienen una responsabilidad ilimitada, como los autónomos, respondiendo primero con el patrimonio de la comunidad y después con el suyo propio.
Una vez firmado el acuerdo y establecida la comunidad, cada comunero tendrá una participación en el bien en común (generalmente representada por una cuota).
Esa cuota puede ser igual entre los comuneros o diferente, y puede determinar la participación de cada uno en los beneficios, cargas y decisiones que se tomen con relación al bien.
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¿En qué se diferencia de una Sociedad Limitada?
Una característica clave de la comunidad de bienes es que se trata de un conjunto estático de elementos patrimoniales.
Por el contrario, en la sociedad el patrimonio suele variar con la entrada y salida de bienes, derechos y deudas.
La comunidad de bienes es una forma común de organización en el ámbito empresarial, especialmente entre profesionales que comparten un despacho o medios materiales, pero mantienen su independencia en los beneficios y riesgos de su actividad.
A diferencia de la Sociedad Limitada, la comunidad de bienes no tiene personalidad jurídica y tampoco se exige un mínimo de capital para su puesta en marcha.
Tipos de comunidades de bienes
Lo habitual es clasificar las comunidades de bienes atendiendo a su origen.
Podemos encontrar dos tipos:
- Comunidades de bienes voluntarias: surgen por la propia voluntad de los interesados.
- Comunidades de bienes incidentales: se constituyen de forma impuesta (no voluntaria) por estar compartiendo un proindiviso. Este tipo de comunidad de bienes suele darse en las herencias.
Además, existen otros dos tipos de comunidades de bienes si atendemos a su funcionamiento:
- Comunidad de bienes por cuotas, también conocida como romana.
- Comunidad de bienes en mano común o germánica.
En la primera, cada miembro (comunero) posee una cuota que puede disponer a su voluntad, incluso vendiéndola o solicitando que se divida el bien en común.
En cambio, en la comunidad de bienes en mano común, el bien se aprovecha en conjunto y los comuneros no pueden solicitar su división ni transmitir la cuota.
¿Cómo se constituye?
Una de las ventajas de la comunidad de bienes es la sencillez que presenta a la hora de formalizarla.
La base es el contrato privado, salvo que los comuneros aporten bienes inmuebles o derechos reales en cuyo caso tendrán que elaborar una escritura pública.
También será necesario cumplimentar un contrato en el que figuren las cláusulas y condiciones de la comunidad para garantizar su correcto funcionamiento.
Además, para completar el proceso hay que presentar el modelo 036 para solicitar el NIF de la comunidad de bienes y dar el alta en el IAE si la comunidad realiza una actividad empresarial o artística.
Al constituir una comunidad de bienes, es esencial tener en cuenta que se trata de un compromiso legal y financiero.
Los derechos y obligaciones de los comuneros pueden variar considerablemente en función del contrato firmado.
Ejemplos de comunidad de bienes
El ejemplo que más se repite en España, es la constitución de una comunidad de bienes debido a una herencia.
Se trata de una comunidad incidental en la que las partes formalizan un contrato que debe incluir detalles como la descripción de los bienes en común, la identificación de los titulares o la cuota que dispondrá cada uno.
Además, existen múltiples ejemplos de comunidades de bienes en el ámbito empresarial.
Algunos de estos incluyen comunidades de bienes entre profesionales que comparten un despacho o medios materiales, pero mantienen la independencia de su actividad económica.
Ejemplo: dos arquitectos se unen con el fin de completar un proyecto de forma conjunta, sin perjudicar los negocios individuales de cada uno de ellos.
La figura de la comunidad de bienes cobra sentido con profesionales independientes.
También puede ser interesante para pequeños negocios impulsados por dos o más autónomos que deseen establecerse sin las trabas burocráticas que supone iniciar una Sociedad Limitada.