¿Quieres saber si al darte de alta como autónomo, debes avisar a la empresa por cuenta ajena en la que estás trabajando?
Si el trabajo por cuenta propia que vas a desempeñar no repercute en tu actividad por cuenta ajena (ya que lo realizas los fines de semana o fuera del horario laboral) no es obligatorio que informes sobre esta decisión.
No obstante, debes tener presente algunas consideraciones que explicaremos a continuación.
¿Debo avisar a mi empresa si me doy de alta como autónomo?
Esta es una duda que nos plantearon hace tiempo.
Era de una persona empleada por cuenta ajena que durante el año tenía trabajo autónomo esporádico en cantidades pequeñas.
Textualmente nos decía:
Este año tengo un proyecto que eleva estas cuantías esporádicas mucho y no quiero desaprovechar esta ocasión.
Realizo los trabajos fines de semana y en horario nocturno.
Las tareas son mantenimiento y programación de servidores informáticos.
El tema es que me tengo que dar de alta como autónomo para poder cobrar estos trabajos pero no quiero que mi actual empresa por la que estoy contratado por cuenta ajena lo sepa.
Simplemente no quiero que lo sepa porque creo que no les sentará bien y son tremendamente desconfiados y muy obsoletos en estas cuestiones.
Yo hago de informático para la empresa, pero la empresa no se dedica a la informática ni nada parecido. Además, no tengo ninguna cláusula por posible competencia ni nada parecido.
La cuestión que necesito saber es si me hago autónomo, la empresa podría llegar a enterarse mediante alguna notificación de la SS, Hacienda u organismo legal (evidentemente ya contemplo la posibilidad de que se entere por terceros, alguien lo sepa y esas cosas).
Lo he consultado en varias gestorías y todas me dicen que “creen” que no, pero claro no dan seguridad en las explicaciones y he leído algún caso de que la SS informa mediante carta que se ha superado las bases mínimas de cotización o algo así.
Trabajar por cuenta propia y ajena es legal
Bien, en un caso así, lo primero que debes tener claro es que compaginar ambos trabajos es completamente legal, a menos que pueda haber algún tipo de incompatibilidad, algo que ocurre sobre todo en el ámbito de la Administración.
Por ejemplo, si trabajas como profesor para un instituto público (eres funcionario) y quieres darte de alta como autónomo para dar clases en una academia fuera de tu horario laboral, debes solicitar la compatibilidad laboral.
En este caso sí debes informar al instituto sobre tus intenciones para realizar este trámite.
No obstante, en aquellas situaciones en las que desarrolles un trabajo para una empresa privada (no pública) y tu empleo como autónomo no vaya a suponer una competencia desleal, puedes no informar a tu empresa si no quieres hacerlo.
En cuanto a la posibilidad de que la Administración informe a la empresa de la situación de autónomo en pluriactividad, sólo habría una opción de que así ocurriera y es que dejases a deber alguna cuota o pago a la Seguridad Social o Hacienda y te embargaran la nómina para poder cobrar esa deuda.
De lo contrario, la empresa contratadora no tendría por qué enterarse.