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¿Cuándo tienes que pagar el IAE si eres autónomo?

Actualizado el 24 de noviembre de 2021

3 minutos de lectura

Por Infoautónomos

Todo autónomo o sociedad tiene una serie de obligaciones fiscales con Hacienda que debe cumplir. El Impuesto de Actividades Económicas (IAE) es un tributo con mucha letra pequeña que puede generar confusión pero que forma parte de la contabilidad tributaria menos conocida, dado su gran abanico de excepciones.

Saber en qué consiste, quién debe pagar o está exento, y cómo darse de alta es fundamental para evitar errores que pueden ocasionar controles y sanciones del organismo tributario.

Qué es el IAE y quién debe pagarlo

El Impuesto de Actividades Económicas es un tributo que grava la actividad económica dentro del territorio español y que afecta tanto a los autónomos como a las empresas. 

Este impuesto se aplica sobre la obtención de renta o tenencia de riqueza del sujeto pasivo; es decir, por parte del autónomo o del empresario. Si llevas a cabo alguna actividad que te genera ingresos económicos es obligatorio darse de alta en el IAE. No obstante, aquí se complica, puesto que hay una gran cantidad de excepciones que provocan que una parte importante de los autónomos y empresas estén exentos de este pago.

Quiénes están exentos de pagar el IAE

  • Si acabas de empezar tu actividad económica, durante los dos primeros años.
  • A partir del tercer año, si tu cifra de negocio no supera el millón de euros (1.000.000 €)
  • Las entidades gestoras de la Seguridad Social, las administraciones públicas y sus organismos autónomos.
  • Las personas físicas.
  • Las empresas que pagan el Impuesto sobre la Renta de los no Residentes, con ciertas condiciones. 
  • Las asociaciones sin fines de lucro. 
  • La Cruz Roja Española.

¿Cómo darte de alta en el IAE?

Si realizas una actividad económica y estás obligado a pagar este impuesto, deberás darte de alta en cualquier delegación de Hacienda. El trámite también puede efectuarse de manera online si cuentas con un certificado digital. 

Ten presente que esta recaudación corresponde a las haciendas locales. Esto significa que tu Ayuntamiento marcará los plazos del período voluntario de pago. 

Existen varios códigos conocidos como “epígrafes” para el IAE. Esto quiere decir que, en función de la actividad empresarial que realices, tendrás que darte de alta en un epígrafe, el que determinará el importe a pagar.

Los epígrafes se estructuran en tres categorías principales:

  1. Actividades empresariales industriales, ganaderas, mineras, de construcción, comerciales y de servicios. Son aquellas que se ejercen con una infraestructura creada, en el entorno de una organización.  
  1. Actividades profesionales: jurídicas, financieras, seguros, de alquileres, ingenieros y arquitectos. Son aquellas que desarrolla una persona física, de manera directa y personal. Incluye los servicios freelance
  1. Actividades artísticas: teatro, cine, baile, música, deporte, espectáculos taurinos y circo, entre otros. 

El listado de epígrafes del IAE es muy concreto pero extenso. Es importante que elijas el correcto para evitar errores a la hora de darte de alta. También puede ocurrir que realices actividades de varios tipos o servicios. En este caso, tendrás que registrarte en más de uno. 

Por ejemplo, un mismo trabajo puede calificarse como profesional y también empresarial. Es una de las dudas más frecuentes en referencia al IAE. Si creas una infraestructura para llevar a cabo tu trabajo, puede suceder que, siendo autónomo, tu actividad sea considerada empresarial y no profesional. En nuestra asesoría fiscal online te ayudamos a tramitar las altas y resolvemos todas las dudas, porque no siempre es sencillo cumplir correctamente con las obligaciones fiscales.

¿Cuáles son las tarifas?

El valor del IAE variará en función del epígrafe que escojas y de la modalidad de pago. Aquí se fijan las cuotas mínimas a pagar y las posibilidades que tienes para abonarlas: una vez al año, por trimestre, etc. El período impositivo se aplica para el año en curso. 

Ten presente que, en el caso de tributar de forma incorrecta, la normativa general es que si el contribuyente corrige su error sin la solicitud de la Agencia Tributaria, pagará la deuda con un mínimo recargo. En caso de recibir una notificación con este requerimiento, sí puede conllevar una sanción. 

El IAE es uno de los impuestos más desconocidos y su liquidación puede llegar a ser bastante confusa. Tanto si te toca pagarlo como si estás exento, no está de más conocerlo para no incurrir en ningún olvido o incidencia con Hacienda.

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