El apoderamiento ante la Agencia Tributaria es un acto por el que ciudadanos y empresas otorgan la representación en su nombre para la realización de trámites y actuaciones en materia tributaria. Es un recurso que si se adopta ofrece muchas ventajas.
Contar con un apoderado se convierte en una gran ayuda, ya que nos evita estar pendiente de los requerimientos y notificaciones online que recibimos de Hacienda. A su vez, tanto el propio obligado tributario como su apoderado, pueden realizar los trámites y actuaciones.
Si bien existen distintos tipos de apoderamiento, el más conocido es el que se gestiona con un asesor fiscal. Esta es la persona que se encarga de recibir los avisos, realizar los trámites con Hacienda y atender las peticiones de la Agencia Tributaria en tu nombre.
¿Te imaginas el tiempo y las preocupaciones que puedes ahorrarte si delegas esta tarea? Te contamos cómo llevar a cabo el trámite y las posibilidades que conlleva.
Nueva modalidad de apoderamiento electrónico
El contexto actual de crisis sanitaria producida por la COVID-19 nos ha obligado a buscar distintas formas de realizar trámites sin la necesidad de trasladarnos a una oficina.
La página web de la Agencia Tributaria ofrece la posibilidad en su sede electrónica de realizar una gran cantidad de trámites por vía telemática. Esto facilita cumplir con nuestras obligaciones tributarias sin tener que desplazarnos a la delegación de Hacienda.
A tal fin, se estableció un nuevo procedimiento para gestionar el apoderamiento ante la AEAT desde la comodidad de tu ordenador. A través de Internet, es posible acceder mediante el uso del certificado electrónico o Cl@ve del poderdante.
Para ello, entra en la opción “Registro de apoderamiento”, en el listado derecho de la página principal de la web. Aquí encontrarás toda la información referida a la normativa tributaria, el formulario pdf y el acceso para dar el alta de poder mediante identificación electrónica.
Si no cuentas con esta identificación, se ha habilitado una nueva manera de dar de alta el poder de representación sin la intervención del poderdante. A través de la Sede Electrónica de la AEAT, se prevé la posibilidad de presentar la escritura de poder en el Registro Electrónico de la Agencia Tributaria.
Dichos poderes pueden ser otorgados por el mismo apoderado con su Cl@ve o certificado electrónico. Tras la presentación, el poder se incorpora en el Registro de Apoderamientos, previa revisión de un funcionario habilitado.
¿Cómo se presentan las escrituras de poder otorgadas?
El apoderado puede presentarlas de manera online ante la Agencia Tributaria con su certificado electrónico o Cl@ve de dos maneras:
- Aportación de escrituras electrónicas de apoderamiento en el Registro Electrónico de la Agencia Tributaria.
- Presentación de las escrituras de apoderamiento en formato pdf.
Trámites con Hacienda que incluye el apoderamiento
Si otorgas este permiso a un tercero, le permites el derecho a revisar las notificaciones electrónicas como también a responderlas en tu nombre. Además, podrá realizar todos los trámites vinculados con tus obligaciones como autónomo o empresa.
El apoderado tendrá acceso a:
- Consultar datos personales y modificar información censal. Por ejemplo, cambiar un domicilio fiscal.
- Recibir y gestionar las notificaciones online.
- Darte de alta o de baja en Hacienda.
- Presentar modelos de impuestos.
- Interponer recursos o reclamaciones.
- Solicitar devoluciones de ingresos indebidos o reembolsos.
Por lo tanto, tu apoderado tendrá el permiso de gestionar todos estos trámites mientras empleas ese tiempo para ocuparte de otros asuntos prioritarios. Una buena alternativa para delegar estas tareas que suelen resultarnos un tanto tediosas. Y recuerda, si tienes preguntas acerca de tus obligaciones tributarias, no dudes en consultar nuestra asesoría online donde te guiaremos ante cualquier situación que necesites.