El 2017 llega cargado de importantes novedades legislativas también en materia de contabilidad que influyen directamente en la actividad y de las pymes. El año 2016 se despidió con una reforma del Plan General Contable cuyas modificaciones vienen recogidas en el Real Decreto 602/2016 y repercuten en el Plan General de Contabilidad (PGD). ¿Cuáles son las modificaciones que debes tener muy en cuenta para tu ejercicio contable?
1. Estado de cambios en el Patrimonio Neto
Aquellas empresas y pymes que utilicen el modelo abreviado del Plan General Contable y Plan General Contable Pymes estarán exentas de incluir el estado de cambios en el patrimonio neto.
Se trata de un informe financiero que forma parte de las cuentas anuales de las empresas junto al balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, la memoria y el estado de flujos de efectivo.
La nueva modificación exime a las empresas de presentar la información, tanto del estado de ingresos y gastos reconocidos como la del estado total de cambios en el patrimonio neto, que forman parte del conjunto del informe sobre el estado del patrimonio neto. Su presentación, tras la modificación, se somete a la voluntad de la empresa.
2. Criterios del PGC Pymes
Se establecen nuevas normas para poder acogerse a esta simplificación del Plan General de Contabilidad destinado a pequeñas y medianas empresas. Darán cuentas de sus finanzas por este Plan las empresas:
- cuyo activo no alcance los cuatro millones de euros
- cuya cifra anual de negocios no supere los ocho millones de euros.
- aquellas que no sobrepasen los 50 trabajadores en plantilla.
3. Contenido de la memoria abreviada de pymes
El Real Decreto reduce el volumen de datos que se deberán presentar en la memoria abreviada. Hablamos de aquella información referida a la actividad de la empresa, los activos y pasivos financieros, ingresos y gastos, fondos propios, situación fiscal y aplicación de resultados.
4. Inmovilizados intangibles y fondo de comercio
La reforma del PGC establece un plazo de amortización de 10 años para los inmovilizados intangibles, también llamados activos de vida útil indefinida, cuya vida útil no pueda estimarse de manera exacta. En este mismo sentido y adicionalmente, la nueva norma introduce una presunción para el fondo de comercio, considerado también inmovilizado intangible. Con esta presunción, que establece una recuperación lineal en diez para el fondo de comercio, las pymes podrán eludir su justificación si se prueba.
¿Has tomado nota de las modificaciones para reflejarlas en tu propio Plan General Contable?