Esta entrada llega tras varias consultas de los usuarios de Infoautónomos en referencia a la posibilidad de solicitar el pago único ante la cesión de un local. ¿Tienes echado el ojo a ese comercio de tu barrio con el cartel de traspaso y te planteas convertirte en emprendedor el próximo 2019?, En las próximas líneas abordamos si la Administración permite la capitalizar del paro para el traspaso de un negocio.
Capitalización del paro para la inversión
La respuesta la encontramos en los propios requisitos de esta medida de incentivo al autoempleo que tiene como fin aligerar la carga de la inversión que supone la puesta en marcha de la actividad por cuenta propia, una inversión de activos fijos de la que forman parte, en este caso los derechos de traspaso. Dicho esto la respuesta a la pregunta inicial es afirmativa. Sí, se puede capitalizar el paro para hacerse con el traspaso de un negocio.
Entre los documentos que requiere el SEPE para la solicitud de la capitalización del paro está la memoria explicativa en la que se imputan los derechos de traspaso como inversión de activos fijos. El pago de los mismos se han de justificar tras la aprobación de la solicitud por lo que es fundamental conservar el contrato de los derechos de traspaso y el recibo bancario que acredite el pago convenientemente mediante transferencia o ingreso a cuenta. En dicho recibo ha de constar el nombre del beneficiario y el concepto para no que no dejar lugar a dudas.
Como ahora ya sabes, el coste de la inversión ha dejado de ser una excusa para no constituirse como autónomo en caso de derecho a la capitalización del paro. ¿Te animas? Si tienes prevista tu alta en autónomos en 2019 puedes contar con la asesoría online de Infoautónomos para ello.