Hemos pasado el ecuador del segundo trimestre. Algunos autónomos ya habrán hecho los deberes; otros confían en los ocho días que les quedan por delante para presentar los impuestos. ¿Aún tienes que rellenar el modelo 130 de IRPF? En las próximas líneas te decimos dónde poner el foco de atención para salir airoso de este trámite fiscal que en la asesoría online de Infoautónomos realizamos en tu nombre.
1. ¿Solo debo incluir los datos del trimestre al rellenar el modelo 130?
No. Aunque se trata del segundo trimestre debes arrastrar los importes de ingresos y gastos del resto de trimestres ya que el 130 es un modelo acumulativo y contendrá la suma de los anteriores trimestres. Ten en cuenta que este histórico será el que se tenga en consideración para regularizar tu situación fiscal en la declaración de la Renta.
2. Los importes,¿con IVA o sin IVA?
Sin IVA; los importes de ingresos y gastos que debes incluir corresponden a la base imponible. El IVA lo declararás mediante el modelo 303 en el mismo periodo que el modelo 130 de IRPF.
3. He tenido gastos afectos sin factura ¿puedo incluirlos?
Sí. Hacienda permite la deducción de una serie de gastos que no suelen llevar factura sino recibo bancario. ¿Cuáles son? En nuestro post sobre gastos deducibles sin factura te los detallamos pero ya te adelantamos que la cuota de autónomos es uno de ellos.
4. Y si no tengo actividad, ¿se mantiene la obligación de presentar el modelo 130?
Por supuesto. Hay quienes entienden que el hecho de no facturar y no tener datos exime de realizar la declaración del IRPF fraccionado pero es un error. Aunque no tengas actividad o te hayas dado de baja tienes que rendir cuentas ante Hacienda y presentarla declaración a cero. De no hacerlo te espera presentación fuera de plazo que conlleva una serie de recargos e intereses en función de si hay requerimiento de Hacienda o no.
5. El resultado es negativo, ¿debo esperar devolución de Hacienda?
No. Un resultado negativo en tu modelo 130 es sinónimo de pérdidas, de más gastos que ingresos durante el ejercicio. Por tanto no vas a pagar a Hacienda pero eso no significa que ésta vaya a ingresarte ese importe en negativo. Eso sí, acuérdate de arrastrar este importe para los trimestres venideros. Será en la Declaración de la Renta en la que se compensará si procede.
Hasta aquí este breve cuestionario para no cometer errores al rellenar el modelo 130. Si aún te sientes inseguro te recomendamos confiar la mano amiga de un experto asesor.