La entrada en vigor este año del nuevo sistema de cotización para autónomos en función de sus ingresos reales está trayendo mucha cola, ya que a muchos autónomos les están surgiendo numerosas preguntas y dudas sobre su aplicación.
¿Cómo se calcula la nueva cuota a pagar? ¿Cómo se calculan los rendimientos netos? ¿Cómo y cuándo se comunican? ¿Puedo cotizar por una base mayor a la que me corresponde? ¿Cómo va a funcionar la nueva tarifa plana de 80 euros?
Vamos a intentar ayudaros explicando cómo se está aplicando en la práctica el nuevo sistema de cotización para autónomos.
¿Cómo se calcula la nueva cuota a pagar?
Se trata de una de las grandes preguntas: ¿cómo calculo mi nueva cuota como autónomo?
Con el nuevo sistema de cotización, como autónomo tienes que hacer una estimación de tus rendimientos netos y ubicarte en uno de los 15 tramos de cotización.
Tras escoger tu tramo, tienes que elegir tu base de cotización entre la mínima y la máxima dentro de ese tramo.
Y una vez elijas tu base, tendrás que aplicarle un tipo de cotización del 31,20%, que servirá tanto para 2023 como para los dos próximos años si no se produce ningún cambio al respecto.
¿Cómo se calculan los rendimientos netos del autónomo?
Una vez tengas claro cómo se calcula tu cuota, te preguntarás: ¿cómo calculo mis rendimientos netos como autónomo?
La Seguridad Social indica que para su cálculo debes tener en cuenta todos los rendimientos netos obtenidos de las distintas actividades que realices como autónomo.
A esto tendrás que sumarle el importe de las cuotas abonadas a la Seguridad Social si tributas conforme al régimen de estimación directa ya que, según el criterio de la Agencia Tributaria, no se considerará gasto deducible el pago de la cuota de autónomos.
Además, señalan que el cálculo de estos rendimientos netos se realizará según lo previsto en la normativa sobre el IRPF.
Por último, a tus rendimientos netos tendrás que aplicarle una deducción por gastos genéricos del 7%, que será del 3% en el caso de los autónomos societarios.
¿Cómo y cuándo comunicar los rendimientos netos?
La tercera pregunta que te puede surgir: ¿cómo y cuándo comunicar mis rendimientos netos?
Como autónomo, tienes la obligación de comunicar a la Seguridad Social tus rendimientos netos estimados.
Si a 1 de enero de 2023 ya figurabas de alta como autónomo, debes realizar la comunicación de tus rendimientos antes del 31 de octubre de 2023 a través del servicio “Modifica tus datos de trabajo autónomo”.
Y en caso de que tengas que comunicar un cambio de base de cotización, porque tus rendimientos supongan una base de cotización diferente a aquella por la que venías cotizando, tendrás que solicitar dicho cambio y comunicar tu previsión de rendimientos netos anuales, en promedio mensual, antes del 28 de febrero.
Dicha gestión podrás realizarla a través del portal Importass.
Así, no se tendrá que realizar posteriormente ninguna regularización de cuotas.
Además, se permite al autónomo cambiar su base de cotización hasta 6 veces al año (cada 2 meses), en función de su previsión, al alza o a la baja, del comportamiento de sus negocios.
Y al finalizar cada año, el autónomo tiene que regularizar sus cotizaciones a la Administración.
Es decir, tiene que devolver o reclamar las cuotas en caso de que el tramo de rendimientos netos definitivos esté por debajo o por encima del indicado por sus previsiones durante el año.
Ligado a esto surge una última pregunta importante: ¿puedo seguir cotizando por una base mayor a la que me corresponde si así lo hacía en 2022?
Pues debes saber que aquellos autónomos que en diciembre de 2022 cotizaban por una base mayor a la que determinan sus rendimientos netos, pueden permanecer en esa base si lo desean para conseguir mayores derechos de pensión y otro tipo de prestaciones.
Lo único que deben hacer es renunciar a la devolución de cuotas, si procede, tras la regularización.
El plazo de renuncia finaliza el último día del mes natural inmediatamente posterior a la comunicación de la regularización por parte de la Seguridad Social.
El simulador de cuota de la Seguridad Social
Si todavía no la conoces, es una herramienta que ha puesto en marcha la Seguridad Social para ayudar a los autónomos con el nuevo sistema de cuotas.
Se trata de un simulador informativo para calcular la cuota que te puede corresponder con el nuevo sistema de cotización.
Si quieres usarlo, tienes que acceder a través de Importass.
Para hacer la estimación de tu cuota, tendrás que indicar el tramo en el que se encuentran los rendimientos que esperas obtener.
A continuación, el simulador te muestra la cuota mínima y máxima por cada tramo correspondiente.
Además, te indica el desglose de las cotizaciones (contingencias comunes y profesionales, cese de actividad y formación profesional) y la base de cotización.
Y también se pueden conocer las prestaciones a las que tendrías derecho como autónomo, cuya cuantía está vinculada a la base de cotización.
La nueva tarifa plana de 80 euros
Como hemos informado recientemente, la tarifa plana no ha entrado con buen pie en 2023.
Y es que miles de nuevos autónomos que se dieron de alta a inicios de año recibieron un cobro por error de la cuota mínima normal en lugar de los 80 euros fijados por la nueva tarifa plana.
Es decir, se les cobró por error unos 220 euros de más en su cuota de enero.
No obstante, desde el Gobierno ya han indicado que las cantidades ingresadas indebidamente serán devueltas de oficio y han querido subrayar que la incidencia no ha sido generalizada.
A pesar de esto, la tarifa plana sigue siendo una de las bonificaciones más atractivas para los nuevos autónomos.
Desde el 1 de enero de 2023, la tarifa plana para autónomos es de 80 euros durante los 12 primeros meses de actividad, independientemente de sus ingresos.
Y en los siguientes 12 meses el autónomo puede seguir pagando los 80 euros de cuota mensual siempre que sus ingresos netos se encuentren por debajo del SMI.
Posteriormente, tras su periodo de tarifa plana, el autónomo pasaría a formar parte del nuevo sistema de cotización en función de sus ingresos reales.
Además, existe la posibilidad de acceder a la “Cuota Cero” para autónomos de Madrid, Andalucía, Murcia, Baleares y La Rioja.
Los beneficiarios de esta ayuda en Madrid, Andalucía y Murcia serán bonificados al 100% de su cuota durante 24 meses.
Mientras que en el caso de Baleares la subvención se concederá sólo a mujeres emprendedoras y autónomos menores de 35 años; y en La Rioja se proporcionará la ayuda durante los primeros 12 meses.
Como ves, son muchos y muy importantes los cambios que se han producido en la cotización del autónomo este año.
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