Vemos cada vez más cerca el final del año y con él, terminan las principales citas con Hacienda de este 2020. Pero este año hay una novedad añadida que puede interesarte. Y es que tienes hasta el 31 de diciembre para presentar una renuncia a la agencia tributaria y cambiar así del régimen de tributación IRPF por módulos al sistema directo.
Según la Asociación de Trabajadores Autónomos, más de 400 000 autónomos cotizan en el régimen de estimación objetiva (por módulos) y más de la mitad podría verse beneficiado por esta alternativa. En abril, el gobierno aprobó el Real Decreto Ley 15/2020 por el cual los autónomos tienen la opción de optar al cambio de sistema de tributación de IRPF. Esta medida pretende contribuir a hacer frente a la difícil situación actual.
La gestión fiscal suele ser el talón de Aquiles de los trabajadores por cuenta propia. Los trámites y las burocracias son tediosas, complicadas y engorrosas. Por eso, en este post te explicamos cómo pasar de un sistema a otro. Recuerda, tienes de fecha límite hasta finales de año.
Diferencia de régimen de tributación IRPF objetivo y directo
La diferencia entre el régimen objetivo y el directo reside principalmente en la forma de contabilizar los beneficios y la carga tributaria de estos. En el sistema por módulos no se paga por el importe real ingresado sino por una serie de características reguladas y estáticas, como pueden ser el número de empleados, los metros cuadrados del local o el consumo de electricidad.
La estimación directa, en cambio, basa su tributación en el beneficio real, es decir, en la diferencia entre ingresos y gastos.
Con esta distinción clara, es hora de ver qué nos conviene más.
Ventajas y desventajas del régimen tributario por módulos
Las ventajas del régimen tributario objetivo residen en su mayor sencillez. El pago, al depender, no del beneficio real, sino de una estimación que se basa en factores externos, facilita mucho la contabilidad. Imagina una cafetería y lo complicado que puede ser llevar un libro contable correcto y al día del número de cafés vendidos.
En contra, si por cualquier motivo cierras uno o varios días y por tanto no sirves ningún café, tendrás que seguir pagando la misma cuota de IRPF.
Y ahí está clara la desventaja, y es uno de los motivos por el que se ha puesto en marcha esta medida. La rigidez de este sistema perjudica gravemente a muchos negocios en este contexto de crisis tan cambiante, donde la facturación ha disminuido, pero por el contrario, hay que seguir haciendo frente a los gastos fijos y a las obligaciones fiscales.
Cómo realizar el cambio de régimen
El trámite para modificar el régimen de fiscalidad, en sí no es complicado, aunque siempre supone dedicarle tiempo y enfrentarte a algo nuevo a lo que no estamos familiarizados. Para solicitar el cambio de sistema, son necesarios dos documentos:
- Modelo 036. Antes del 31 de diciembre, tendrás que presentar una renuncia en la declaración censal de inicio con este modelo.
- Modelo 130. Es el modelo de IRPF de autoliquidación de pago fraccionado que tendrás que empezar a presentar, en lugar del modelo 131.
Es importante tener en cuenta que este cambio no es definitivo. Siempre podrás volver cuando quieras al régimen de estimación objetiva simplemente realizando la revocación de la renuncia. No obstante, te aconsejamos que te informes bien y consideres los pros y contras en tu situación particular antes de tomar una decisión.
Si necesitas asesoramiento o ayuda en la tramitación de la gestión para cambiar de régimen, no dudes en ponerte en contacto con nuestra asesoría fiscal online. Te ayudaremos a evaluar ventajas y desventajas y a sopesar las diferentes alternativas para tomar la mejor decisión en función de tu situación.