Una comunidad de bienes es la forma legal más sencilla que tienen para asociarse los autónomos.
Si eres trabajador por cuenta propia y quieres asociarte con otro autónomo para llevar a cabo un proyecto empresarial en común, una de las opciones más interesantes que debéis valorar es la de constituiros como una comunidad de bienes.
Para ayudarte a tenerlo un poco más claro y que puedas acertar con tu decisión, vamos a explicarte las principales características de una comunidad de bienes, así como sus ventajas e inconvenientes.
Principales características de una comunidad de bienes
La comunidad de bienes es una opción muy recomendable si tienes un pequeño negocio que no requiere de una gran inversión y quieres mantener la mayor sencillez en tus gestiones de autónomo.
Se formaliza mediante contrato privado (salvo excepciones) y no requiere de inscripción en el Registro Civil ni aportar un capital mínimo para iniciar la actividad.
Así que, si decides crear una comunidad de bienes, debes saber que sus principales características son:
- Debe contar como mínimo con 2 socios, que pueden aportar bienes o dinero y trabajo. Además, deben tener en común la misma actividad y estar de alta en los mismos epígrafes del IAE.
- La responsabilidad de los socios comuneros por deudas frente a terceros es ilimitada y solidaria.
- Los socios comuneros tributan mediante el IRPF.
- Carece de personalidad jurídica propia. Se rige por el Código de Comercio y por el Código Civil.
Ventajas de la comunidad de bienes
Las ventajas más importantes de una comunidad de bienes son:
- Los trámites para su constitución son más sencillos y baratos que los que hay que realizar para constituir una Sociedad Limitada o una Sociedad Anónima.
- No se necesita contar con un capital mínimo para constituirla.
- Una vez formalizada la actividad, los socios comuneros facturarán con un mismo NIF y sólo tendrán que llevar a cabo una contabilidad.
Inconvenientes de la comunidad de bienes
Y con respecto a los inconvenientes de una comunidad de bienes, nos encontramos con los siguientes:
- Sus miembros tienen responsabilidad ilimitada y solidaria, es decir, si la sociedad contrae deudas de gran cuantía frente a terceros, tiene que responder con los ahorros y bienes propios de los socios comuneros.
- En general, no van a disponer de la posibilidad de beneficiarse de las ayudas y subvenciones que ofrecen los organismos públicos.
Hasta aquí la información que te traemos con los puntos clave sobre las comunidades de bienes.
Si finalmente decides crear una comunidad de bienes con otros socios comuneros, tenéis a vuestra disposición la gestoría online para pymes de Infoautónomos.
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