La tentación de no dar de alta a un empleado tiene graves consecuencias.
Para el empleado y para el propio autónomo que lo ha contratado.
Se trata de un delito y de una infracción laboral grave.
Tal es así que, en ciertos casos, puede conllevar penas de cárcel.
¿Cuáles son las sanciones y problemas que implica no dar de alta?
La cuantiosa sanción por no dar de alta a un trabajador
El importe de la multa parte de 3.750 euros, pudiendo llegar a los 12.000 euros.
Constituye un delito según el artículo 311 del Código Penal y el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
Además, si la inspección de Trabajo “destapa el problema”, el autónomo tendrá escasas posibilidades de solucionar la situación de forma positiva.
Las alegaciones se desestiman en la práctica totalidad de los casos.
No dar de alta a un trabajador se mira con lupa, es uno de los puntos más vigilados por las inspecciones.
Problemas añadidos para el autónomo
Otros dos problemas amenazan al autónomo con trabajadores que no están dados de alta:
Primero, el autónomo tendrá que abonar las cuotas correspondientes al tiempo que el trabajador estuvo trabajando de forma irregular.
Además, el trabajador por cuenta propia perderá su derecho de percibir cualquier ayuda pública y tampoco podrá acceder a ayudas o bonificaciones públicas en los dos años posteriores al delito.
¿Cuándo pueden surgir las penas de cárcel?
Podrías pensar que las penas de cárcel están reservadas a autónomos reincidentes o que hayan tenido otros problemas con Hacienda o la Seguridad Social. No es así.
Este delito podría acarrear penas de prisión si más de un trabajador se encuentra en situación irregular.
Dependiendo de la gravedad, las penas oscilan entre seis meses y seis años de cárcel.
Conviene recordar que, independientemente del número de trabajadores que estén en situación irregular, estamos ante una infracción grave.
Consecuencias para el trabajador por no estar dado de alta
Por último, las consecuencias van más allá de las sanciones a los autónomos con empleados sin alta.
También se verá seriamente perjudicado el propio empleado.
En este caso, el trabajador se verá privado de su derecho a una prestación por desempleo y a la pensión de jubilación, así como a la cobertura frente a contingencias como enfermedades o accidentes laborales.
No dar de alta a un trabajador es un delito y acarrea serias consecuencias.
Además, las posibilidades de revertir el proceso una vez demostrado por la Inspección de Trabajo son prácticamente nulas.
Si eres autónomo y tienes trabajadores a tu cargo, piénsatelo dos veces. Por ti y por ellos. Dalos de alta.
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