Si lo prefieres, puedes escuchar este post con consejos para revisar el borrador de tu Declaración de la Renta pinchando aquí:
Como todos los años, Hacienda recomienda revisar el borrador de la Renta para evitar que se cometan errores que pueden acabar derivando en una sanción económica o perjudicando el resultado final.
Dado que este año el plazo es más amplio ―del 3 de abril al 1 de julio― es fundamental no dejar la presentación de la Declaración de la Renta para el último día y, así, poder revisar el borrador varias veces para enviarlo sin ningún tipo de error.
Las claves para revisar el borrador de la Renta
Entre las claves para revisar el borrador de la Renta está la de no suponer que todo lo que está ya cubierto de forma automática es correcto.
Y es que habrá muchos apartados ―como los datos personales― que, aunque no lo parezca, puede que no estén bien. ¿El estado civil se encuentra modificado? ¿Es la dirección correcta? ¿Qué hay de tu DNI?
Repasar esto con detenimiento te permitirá estar seguro de que el borrador está correcto.
Recuerda que los siguientes datos que aparecerán en cuanto a los beneficios obtenidos durante el 2023 los ha obtenido la Agencia Tributaria gracias a la información que ha recibido de terceros.
Por eso aparecen de manera automática, lo que no quiere decir que los datos sean los correctos.
Conviene revisarlos detenidamente, ya que cualquier error será responsabilidad tuya, nunca de la Agencia Tributaria.
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Datos que debes revisar en el borrador
Ahora que ya sabes que debes prestar atención a los datos personales y a los rendimientos obtenidos, aquí te dejamos algunos puntos en los que aclaramos la información específica a la que le debes prestar toda tu atención.
¡Qué no se te pase por alto!
Inmuebles
Uno de los primeros elementos que revisar en el borrador de la Renta es la información relativa a los inmuebles que tengas en propiedad.
Esto incluye tu vivienda habitual.
Asegúrate de comprobar si el número del catastro está bien, siempre es conveniente que lo consultes en la Sede Electrónica del Catastro.
De esta manera, podrás estar seguro de que la información contenida en tu Renta es la adecuada.
Circunstancias personales/familiares
Si tu estado civil ha pasado de “casado” a “divorciado”, o has tenido un hijo, deberás indicarlo en tu Declaración de la Renta.
Es crucial que lo tengas presente, puesto que incluir a tus hijos te permitirá acceder a determinadas deducciones de la Agencia Tributaria.
Y si eres familia numerosa, el importe máximo será de 1.200 euros. Cantidad que se incrementará si tienes 5 hijos o más.
Arrendamientos
Siempre y cuando el contrato de alquiler tenga una fecha anterior al 1 de enero de 2015 podrás deducirte hasta en un 10,05 %.
En el caso de que hayas arrendado una de tus propiedades después de esta fecha, ya no podrás aplicar esta deducción, un aspecto que también conviene que revises para que puedas evitar cometer errores al presentar el borrador.
Transmisiones
Del mismo modo, podrás aplicar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en tu declaración.
Revisa la casilla 1826 del borrador, en la que tendrá que aparecer el valor de la transmisión. Y, también, la casilla 1830 en la que indicará el valor de adquisición.
Si no es tu caso, podrás centrarte en otras posibles deducciones que, quizás, no conocías y que compartimos contigo a continuación.
Aportaciones a planes de pensiones
Si dispones de un plan de pensiones, en tu Renta de este año hay un límite, hasta 1.500 euros.
Sin embargo, en el caso de que el plan de pensiones lo haya realizado la empresa, la deducción se eleva hasta los 8.500 euros.
Estas son las deducciones máximas que podrás aplicar y que debes tener presentes en el momento de revisar el borrador de tu Renta.
Percepción de prestaciones y subvenciones
Un aspecto esencial que, muchas veces, se pasa por alto es el de las prestaciones y subvenciones.
Y es que al presentar tu declaración debes revisar qué estás declarando.
Un ejemplo puede ser el bono joven del alquiler, si lo has solicitado, o ayudas específicas destinadas a autónomos, como el Kit Digital.
Recuerda que revisar el borrador de la Renta te ayudará a prevenir errores que puedes pasar por alto al querer presentar tu declaración rápidamente.
Lo mejor es hacer esto con tiempo y darle un par de vueltas antes de enviarla a la Agencia Tributaria.
El plazo ya ha empezado este 3 de abril de 2024.