Trabajo por cuenta propia y por cuenta ajena. ¿Puedo acogerme al cese de actividad? Es sin duda una de la dudas más habituales planteadas por los usuarios en estos últimos días marcados por la aprobación de medidas económicas para combatir la crisis del COVID-19 entre autónomos y pymes. Hoy, con más certezas que dudas, abordamos el cese de actividad de los autónomos en pluriactividad.
El artículo 17 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo que regula el cese de actividad establece que todos los autónomos que cumplan con los requisitos pueden acceder a la prestación que gestiona la Mutua colaboradora de la Seguridad Social. Se entiende, por tanto, que todos los autónomos, también los pluriactivos, cuya actividad haya quedado suspendida por el Real Decreto-ley 463/2020, de 14 de marzo, o que sufran pérdidas de ingresos de al menos el 75% pueden beneficiarse de la ayuda cuya fecha límite de solicitud es el 14 de abril.
Todo ello al menos sobre el papel. En la práctica todo es mucho más complejo al surgir incompatibilidades y letra pequeña.
Incompatibilidad de la prestación por desempleo con el trabajo autónomo
Hay que tener muy presente que Seguridad Social y el Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) ha indicado que en caso de que la empresa para la que se trabaja por cuenta ajena aplique un ERTE, es incompatible percibir la prestación por desempleo y ser trabajador autónomo. En ese supuesto, y he aquí la respuesta que muchos autónomos buscaban, no se puede compatibilizar el paro por un ERTE y la prestación por cese de actividad. Así lo aclara el Servicio Público de Empleo Estatal:
No tiene derecho a acceder a la prestación por desempleo si en la fecha del nacimiento del derecho se encontraba realizando un trabajo por cuenta propia.
¿Cuál es la solución para que el autónomo en pluriactividad pueda percibir la prestación por desempleo en caso de ERTE? El SEPE indica que habría que proceder a la baja como autónomo el mismo día en que se aplica el ERTE.
En todo caso, ambas prestaciones son incompatibles, así que, si hubiera causado baja en la seguridad social como autónomo el mismo día en que vio suspendido su contrato o reducida su jornada de trabajo, tendrá que optar por una u otra prestación.
Es posible ejercer por cuenta ajena y cobrar el cese de actividad
¿Y si se continúa con la actividad por cuenta ajena pero no con la propia?, ¿habría en ese caso derecho a la prestación por cese de actividad de los autónomos en pluriactividad? En ese supuesto, cumpliendo los requisitos para solicitar el cese extraordinario de actividad y no percibiendo ninguna otra prestación, se podrá optar a la ayuda por cese de actividad.
Recuerda que puedes consultar la información sobre el resto de medidas aprobadas hasta el momento en nuestro espacio especial sobre el COVID-19 y su impacto en autónomos y pymes.