Hace poco más de una semana publicamos una entrada sobre los supuestos en los que los nuevos autónomos pagan una cuota reducida por pertenecer al Régimen Especial de Autónomos (RETA) de la Seguridad Social y gracias a las llamadas bonificaciones a la cuota de autónomos.
Hoy, en la asesoría online de Infoautónomos continuamos con las buenas noticias y te contamos los supuestos en los que la cuota de autónomos está al 100% bonificada y tiene coste cero. ¿En qué circunstancias hay exoneración de cuota?
Bonificación del 100% de la cuota de autónomos por maternidad
Las madres o padres autónomos que disfruten de descanso por la llegada de un nuevo miembro a la familia, bien sea por maternidad, adopción o acogimiento, están exentos del pago de la cuota resultante de aplicar la base media del trabajador por cuenta propia en el año inmediatamente anterior a la acogida de la bonificación.
La bonificación durará el tiempo que la madre o el padre disfruten del periodo de baja, con un tiempo máximo de 16 semanas. Se trata de una ayuda recientemente incorporada en la ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo aprobada en octubre de 2017. Hasta entonces, los progenitores autónomos de baja por maternidad o paternidad debían seguir haciendo frente al pago de la cuota de autónomos en periodo de inactividad.
Además, las autónomas que se encuentran en situación de riesgo de embarazo o riesgo de lactancia también pueden acogerse a la bonificación del 100% para paliar la falta de ingresos que supone cesar la actividad. Puedes ampliar información en este artículo sobre las ayudas para madres autónomas en riesgo de lactancia.
Exención de pago de cuota por cuidado de menores o de personas dependientes
Tampoco han de pagar cuota por contingencias comunes a la Seguridad Social durante un año los autónomos que contraten a tiempo completo un empleado durante un periodo mínimo de tres meses y se encuentren en algunas de las siguientes situaciones:
- Que sean responsables del cuidado de un menor de 12 años.
- Que tengan a cargo un familiar dependiente de hasta segundo grado de consanguinidad.
- Que tengan a cargo un familiar dependiente de hasta segundo grado de consanguinidad que no trabaje y tenga reconocido:
- grado de discapacidad intelectual igual o superior al 33%.
- grado de discapacidad física o sensorial superior al 65%.
- parálisis cerebral.
- enfermedad mental.
La bonificación no será del 100% de la cuota, sino del 50%, en el caso de que la persona contratada sea a tiempo parcial y no completo.
Autónomos mayores de 65 años, cuota a coste cero indefinidamente
Los autónomos que hayan cumplido 65 años y acrediten tener al menos 36 años y seis meses de cotización en cualquier régimen de la Seguridad Social están exentos del pago de la totalidad de la cuota a la Seguridad Social de forma indefinida hasta que cursen baja en la Seguridad Social.
La letra pequeña indica que la exoneración no es total sino que el autónomo pagará en concepto de cuota el 3,30% de su base de cotización por contingencias comunes.
Bonificar al 100% la cuota de autónomos por incapacidad temporal, en el horizonte
Aunque hoy en día, el autónomo de baja por Incapacidad Temporal (IT) , ha de seguir haciendo frente al pago de la cuota de autónomos el tiempo que dure la inactividad, el Gobierno sopesa la propuesta de la Unión Profesional de Trabajadores Autónomos (UPTA) de bonificar el 100% de la cuota por contingencias comunes durante el periodo de baja. ¿Será el 2019 el año de la implantación de la medida?