Cerrado ya el plazo de presentación de los impuestos del primer trimestre de 2019, los autónomos ponen ahora el foco en otra importante obligación fiscal, esta vez, del ejercicio pasado: la declaración de la Renta 2018.
El calendario de la Renta 2018 se extiende hasta el próximo 1 de julio. Durante este periodo los autónomos ponen la lupa en aquellos “trucos” legales para obtener el mejor resultado en su IRPF de 2018. Entre estos trucos legales figuran las deducciones, deducciones que conocemos al dedillo en la asesoría online de Infoautónomos.
¿Cuáles son las novedades en materia de deducciones de la Renta 2018 que minoran el pago del impuesto?
Incremento de deducción por maternidad por gastos de guardería
La deducción por maternidad se amplía 1.000 euros cuando se satisfagan gastos de custodia en guarderías o centros de educación infantil autorizados.
Deducción por familia numerosa
También hay novedades en la deducción por familia numerosa. La campaña de este año trae consigo una subida extra de 250 euros por cada uno de los hijos que exceda el número mínimo para adquirir la consideración de familia numerosa tanto en la categoría general como en la especial.
Esta cuantía de 250 euros corresponde a los meses de agosto a diciembre del pasado año por cada uno de los hijos.
Deducción por cónyuge con discapacidad a cargo
Se introduce un nuevo supuesto para aplicar la deducción de 1.200 euros por personas con discapacidad a cargo, añadiendo al cónyuge no separado legalmente siempre que no tenga rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros.
Los suministros de vivienda afecta a la actividad deducibles por vez primera
Si trabajas desde casa como autónomo y así se lo has declarado a Hacienda mediante el modelo 036 o modelo 037 puedes acogerte al 30% de deducción de los gastos de agua, luz, etc; eso sí, no de la totalidad de la vivienda sino de la parte proporcional destinada al desarrollo de la actividad económica.
Los gastos de dietas son también deducibles
Si tienes un conjunto de gastos en concepto de dietas por el desarrollo de la actividad económica puedes deducirte el importe de los mismos. Estos límites están legalmente marcados y varían dependiendo de si los gastos se producen en España o en el extranjero y si hay pernocta o no la hay: 26,67 euros diarios si el gasto es en España y no hay pernocta y el doble de esa cantidad en caso de pernocta; 48,08 euros diarios si el gasto es en el extranjero y no hay pernocta o el doble si hay pernocta.
Reducción por empresas de nueva creación
Otra novedad en materia de deducciones de esta Renta 2018 tiene que ver con el aumento del porcentaje de deducción para quienes inviertan en empresas de nueva creación. Este porcentaje pasa de un 20% a un 30% y la base máxima también se incrementa de los 50.000 euros a 60.000 euros.
Además, se mantienen el grueso de deducciones de ejercicios anteriores: Hablamos, entre otras, de la deducción del 10.05% por vivienda en alquiler cuyo contrato se haya formalizado antes del 1 de enero de 2015 o la deducción del 15% por vivienda en propiedad cuya adquisición fuera anterior al 1 de enero de 2013.
También permanece intacta la deducción de hasta 8.000 euros por aportación a planes de pensiones junto a la deducción máxima de 500 euros por seguro médico, sin olvidar la deducción del 10% de la base liquidable por donaciones y de las cuotas por afiliación.
Si te preguntas qué más debes tener en cuenta, cómo aplicar correctamente estas deducciones o en qué casillas hacerlo te recomendamos que confíes la presentación de la Renta 2018 en una asesoría online.