Ya está aquí el año 2019. Y a parte de buenos propósitos y, espero, algún que otro regalo de los Reyes Magos, enero es el momento en el que los autónomos tenéis que cumplir con más obligaciones fiscales.
Y es que al último trimestre de 2018 que termina el próximo día 21 de este mismo mes, se unen las declaraciones anuales que tendrás que presentar antes del día 31.
No te preocupes si estás aún con la resaca de las fiestas porque hemos preparado esta lista para que no te pierdas en tus obligaciones y comiences el año con buen pie, también, ante la Administración.
En enero, trimestre
Desde el día 1 de enero ha comenzado el plazo de presentación de las declaraciones del cuarto trimestre de 2018. Y tienes hasta el día 21 para cumplimentar los modelos que te correspondan.
La norma general es que sea hasta el día 20, pero como en este 2019, el día 20 de enero cae en domingo, que no es lectivo, se traspasa al primer día hábil para la Administración, es decir, el día 21.
Te recuerdo que tienes a los especialistas de la asesoría online de Infoautónomos dispuestos a hacer por ti todo este papeleo si es que necesitas ayuda y/o mientras tú te dedicas a rentabilizar tu negocio.
Modelo 111
El modelo 111 es la declaración trimestral de las retenciones del IRPF practicadas a trabajadores, profesionales y empresarios durante los meses de octubre a diciembre de 2018, que obliga tanto a autónomos como a pymes.
Con este documento declaras a Hacienda el importe que no has pagado a tus trabajadores en nómina o a los profesionales en su factura para entregarlo en su nombre a la Administración.
Modelo 115
Y si eres titular de un contrato de arrendamiento de inmueble urbano en donde desarrollas tu actividad económica, bien autónomo bien pyme, también estás obligado al modelo 115.
Del mismo modo que con el modelo anterior, tienes que indicar qué cantidad has dejado de pagar al arrendador (quien alquila) a cuenta del IRPF, si es una persona física, o el Impuesto sobre Sociedades, si es una persona jurídica, para ingresarla en en Hacienda.
Modelo 130
Con el modelo 130 los autónomos que estáis en el régimen de estimación directa normal o simplificada, hacéis la autoliquidación del pago fraccionado del IRPF.
Se trata de un anticipo del 20% de tu rendimiento durante el trimestre que entregas a la Administración que estregas para el sostenimiento del propio Estado.
Tienes hasta el 30 de enero para cumplir con esta obligación tributaria, al igual que con los modelos 131, 303 y 349.
Modelo 131
Y si tributas en Estimación Objetiva (comúnmente llamado “Módulos”) deberás cumplimentar el Modelo 131 para hacer esa misma autoliquilación del pago fraccionado del IRPF.
Modelo 303
Con el modelo 303 de declaración trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido(IVA), adelantas a Hacienda la diferencia entre el IVA repercutido y el IVA soportado en las facturas emitidas y recibidas en el trimestre.
Cualquier profesional o empresario que desarrolle una actividad sujeta a IVA, está obligado a cumplimentar este modelo.
Modelo 349
El modelo 349 está destinado a los que realizáis operaciones intracomunitarias.
Autónomos y pymes estáis obligados a describir en él las compraventas de bienes o servicios realizadas durante este últimos trimestre a cualquier profesional ubicado en la Unión Europea.
En enero, trimestre… y anuales
Y, por si no fuera poco con las trimestrales, afila de nuevo tus lápices porque en enero también es el mes de las declaraciones anuales.
Modelo 390
El modelo 390 es el resumen anual de todas las operaciones relativas a la liquidación del IVA que has realizado a lo largo del año 2018.
Es una declaración meramente informativa, por lo que no conlleva ningún cargo pero, no te equivoques, es de obligada presentación tanto para el autónomo como la pyme.
En este caso también tienes hasta el día 30 para presentarlo.
Modelo 180
El modelo 180 es el documento recapitulativo de todos los modelos 115 entregados a lo largo del año. Es decir, reúne toda la información relativa a las retenciones practicadas a los alquileres de inmuebles urbanos en los que desarrollamos una actividad empresarial.
Tendrás hasta el día 31 de enero para entregar éste y los modelos 190 y 184.
Modelo 190
Al igual que en el caso del modelo anterior, el modelo 190 es el resumen anual de las retenciones practicadas en el IRPF a trabajadores vía nómina, a empresarios o profesionales autónomos mediante factura.
Un resumen recopilatorio de todos los modelos 111 entregados a lo largo del año 2018.
Modelo 184
El modelo 184 está destinado a todas las entidades en régimen de atribución de rentas que realicen una actividad económica en España y cuyas rentas superen los 3.000 euros.
También tiene mero carácter informativo pero es de obligada presentación.
Te lo decía al principio, enero es mes de trimestre y de declaraciones anuales. Un periodo de vuelta de vacaciones y fiestas complicado para cualquier autónomo o pyme.
Si ves que te supera tanto papeleo, no dudes en ponerte en contacto con la asesoría online de Infoautónomos.