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¿Qué autónomos se “libran” del aumento del tipo de cotización en 2019?
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¿Qué autónomos se “libran” del aumento del tipo de cotización en 2019?

Resumen > ¿Qué autónomos no tendrán que pagar cinco euros más de cuota por el aumento del tipo de cotización en 2019? Atención a las exenciones.
Aumento Del Tipo De Cotización En 2019

Actualizado el 9 de noviembre de 2021

3 minutos de lectura

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En este año recién empezado el autónomo se va a tener que rascar nuevamente el bolsillo para hacer frente al incremento de cinco euros mensuales de la cuota de autónomos; un encarecimiento derivado del incremento en 1,25% de la base mínima de cotización, por un lado, y del aumento del tipo de cotización en 2019 hasta el 30%.

Las subidas, si bien lleva asociadas mejoras de las coberturas sociales, supone un pequeño gran esfuerzo para casi todos los autónomos. Y decimos casi todos porque, aunque el incremento de la base mínima es para todos los autónomos, hay una parte del colectivo que no va a tener que asumir el coste total de incorporar a su cotización las contingencias profesionales, el cese de actividad y/o la formación profesional al no ser obligatorias.

Por tanto, los autónomos bajo la situaciones que, desde la asesoría online de Infoautónomos, a continuación te detallamos, harán frente a la subida de su cuota derivada del incremento de las bases pero no del tipo de cotización, por lo que el aumento será considerablemente menor.

Autónomos agrarios exentos de contingencias profesionales

Los trabajadores por cuenta propia afiliados al Sistema Especial de Trabajadores Agrarios (SETA) experimentan el incremento de sus bases de cotización un 1,25% pero mantienen los tipos de cotización de 2018; por tanto no experimentarán el mismo nivel de encarecimiento de la cuota de autónomos en 2019 ya que tampoco se ven obligados a cotizar por cese de actividad y por contingencias profesionales sino que son mejoras voluntarias.

Socios de cooperativas con sistema intercooperativo de prestaciones sociales

El Real Decreto-Ley 28/2018 aclara que los autónomos societarios de cooperativas no están obligados a cotizar por contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional, por cese de actividad y por formación profesional siempre que cuenten con un sistema intercooperativo de prestaciones, con un funcionamiento similar a la Mutualidad, autorizado por Seguridad Social para colaborar en la gestión de las prestaciones de forma complementaria al Sistema Público.

Aunque figura en la normativa, a efectos prácticos, los socios de cooperativas con este sistema son minoría.

Autónomos en situación de pluriactividad

Los trabajadores autónomos que compatibilizan el trabajo por cuenta ajena con el trabajo por cuenta propia pueden optar voluntariamente a la cotización por Incapacidad Temporal (IT) al entenderse que este derecho ya estará cubierto en las cuotas empresariales de su cotización por cuenta ajena. Esta falta de obligatoriedad se da tanto para contingencias comunes como profesionales y por tanto no verán incrementado el tipo de cotización.

Recuerda que la Administración está obligada a devolver hasta el 50% del exceso de cotización cuando las aportaciones del autónomo en pluriactividad sean superiores a 12.368,23  euros.

Autónomos en jubilación activa

La cotización del autónomo que una vez pasada la edad legal de jubilación cobra su pensión al tiempo que continúa trabajando por cuenta propia, en lo que se conoce como jubilación activa, es también particular. En este caso el autónomo paga a la Seguridad Social por contingencias comunes y profesionales a las que se le suma el 8% de solidaridad pero no tiene obligación de cotizar por cese de actividad y por formación profesional.

Nuevos autónomos en tarifa plana

Si bien es cierto que la cuota de autónomos durante el primer año de tarifa plana sube de los 50 a 60 euros para las nuevas altas a partir del 1 de enero de 2019 y también para las anteriores a esta fecha, esta cuota no incluye el cese de actividad y la formación profesional, lo que supondría un encarecimiento superior de la cuota. Si quieres conocer cómo queda la cuota de autónomos en cada uno de los tramos de la tarifa plana atiende a este artículo sobre las novedades en la tarifa plana en 2019.

El aumento en la cuota de autónomos podría llegar en febrero

Si no estás entre los autónomos de los apartados anteriores y te toca pagar, sí o sí, esos 5 euros mensuales de más en la cuota de autónomos, que incluye de forma obligatoria en la cotización las contingencias profesionales, el cese de actividad y la formación profesional, puede que estés expectante ante el recibo de la primera cuota de autónomos de 2019. Sin embargo, el aumento puede que no llegue en este mes de enero.

Desde Seguridad Social nos informan de que el sistema no es está aún actualizado y probablemente, como viene siendo habitual en caso de novedades y regularizaciones, el cambio se aplique a posteriori con carácter retroactivo; si esto fuera así, en enero Seguridad Social cobraría 278,87 euros en concepto de cuota sin aplicar subida. Para compensar, el 28 de febrero pasaría dos recibos: uno correspondiente a los 283,30 euros de febrero y otro con los cinco euros pendientes de la cuota de enero.

Veremos en qué queda todo.

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