Desde el inicio de la crisis, el mercado laboral español ha asistido al desarrollo de una tendencia que, antes de 2008, tenía una incidencia bastante limitada: los falsos autónomos. Una figura que no ha de confundirse con la del autónomo económicamente dependiente (TRADE), aunque los límites entre ambas suelen ser difusos.
No obstante, existe una diferencia fundamental entre ambos que nos puede ayudar a discernir si se trata o no de un uso fraudulento del régimen de trabajo por cuenta propia. Mientras que el TRADE es un trabajador por cuenta propia que puede ejercer su actividad fuera del ámbito de organización y dirección del cliente que lo contrata, pese a que exista un contrato en el que se regulen ciertas condiciones, los falsos autónomos se integran de forma completa en la estructura empresarial, sometiéndose a tareas y horarios regulares y predefinidos, y a decisiones y retribuciones monetarias tomadas, generalmente, de forma unilateral.
Si bien es cierto que los TRADE son el resultado de la flexibilización de costes en un mercado laboral cada vez más orientado a la externacionalización y a la subcontratación empresarial, los falsos autónomos son el resultado de las malas prácticas en el ámbito de la contratación que muchas empresas han llevado a cabo en los últimos tiempos.
¿Están creciendo los falsos autónomos?
Hace escasos días, en Andalucía se daba la voz de alarma sobre el creciente número de falsos autónomos en el sector del comercio tras conocer los datos de afilicación a la Seguridad Social, que apuntaban a una preocupante caída del número de trabajadores en el régimen general, mientras que el número de autónomos crecía de forma inusual en comparación con el mismo periodo del año en ejercicios anteriores.
Por otro lado, el fenómeno también se ha visto acrecentado a la luz de medidas ciertamente beneficiosas para el colectivo de autónomos en general, pero cuyo uso fraudulento ha auspiciado la destrucción de empleo, especialmente entre los más jóvenes. Tal como analizaba el Blog Salmón hace unos meses, la Tarifa plana de 50 euros para menores de 30 años ha podido ser la excusa usada por algunas empresas para despedir y re-requerir los servicios de éstos jóvenes, esta vez como autónomos.
Una práctica que va en detrimento tanto de los trabajadores asalariados, como del colectivo de autónomos y de las pequeñas empresas que sí cumplen con la legalidad, desvirtuando la naturaleza y el fin del trabajo por cuenta propia, ya sea de forma independiente, ya sea bajo una fórmula societaria, que no es otro que la creación de empleo y la generación de riqueza, pilares fundamentales del crecimiento económico en nuestro país.
Y son muchos, además, los inconvenientes a los que se enfrentan los falsos autónomos. En primer lugar, están sujetos a las mismas obligaciones fiscales y con la Seguridad Social que cualquier trabajador autónomo, que cuenta con plena “autonomía” a la hora de desarrollar y gestionar su actividad profesional o empresarial, además de obtener una menor protección social y laboral que si fuera un trabajador asalariado.
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