El gobierno ha adelantado de manera parcial en julio la rebaja en los tramos de IRPF prevista para 2016, tramos que ya se habían reducido a principios de 2015 con la aplicación de la reforma fiscal, por la que se redujeron a cinco el número de tramos IRPF y se bajaron al 20% y 47% los tipos mínimo y máximo, respectivamente.
En este post te explicamos el funcionamiento del IRPF y cómo quedan los tramos tanto para asalariados como para autónomos, así como para las rentas del ahorro.
IRPF: ¿Cómo funciona?
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es un tributo que reviste una considerable complejidad tanto en su gestión como en su liquidación. Integra los rendimientos del trabajo, los de actividades económicas, los del capital mobiliario, las ganancias patrimoniales y un sinfín de deducciones y reducciones. Y afecta a todos los trabajadores, tanto a los asalariados por cuenta ajena como a los trabajadores autónomos.
A la suma de los rendimientos de cada trabajador se les aplican dos escalas de gravamen, la estatal y la autonómica. La escala autonómica será la del lugar de residencia fiscal del contribuyente. Por tanto, en función de la comunidad autónoma donde vivamos, el coste de la obtención de estos rendimientos podrá ser mayor o menor, aunque las diferencias suelen ser pequeñas y afectan más ciertas deducciones.
Sin embargo, con el nuevo Real Decreto aprobado por el Gobierno el pasado mes de julio de 2015, esta rebaja realizada en la tarifa general será asumida por completo por el Estado, es decir, afectará a la escala estatal sin necesidad de que las comunidades autónomas aprueben una nueva tarifa autonómica.
Reducción del número de tramos del IRPF y su cuantía
En general, la reforma del IRPF ha supuesto la reducción desde los siete tramos en la escala estatal que se aplicaban desde 2011 hasta 2014 hasta tan sólo cinco tramos desde enero de 2015. Al respecto hay que tener en cuenta también que el tipo aplicable (marginal) menor pasó del 24,75% en 2014 al 20% en 2015 y el 19% en 2016.
El adelanto a julio de la rebaja del IRPF prevista para 2016 se aplicará mediante una única tarifa que, con carácter transitorio, tendrá efectos desde enero a diciembre de 2015. Esta nueva tarifa general (transitoria) sitúa los tipos a nivel intermedio de los aprobados para 2015 y 2016. Veamos cómo queda:
Estos cambios tienen repercusiones para los siguientes colectivos:
- Asalariados: deben ver reducidas sus retenciones en nómina, por lo que se incrementará algo su liquidez en los próximos meses.
- Autónomos: cuando el año que viene hagan su declaración de la renta correspondiente a 2015, les tocará a pagar menos. Además, se han reducido las retenciones de los profesionales autónomos, como se detalla más adelante.
- Empresas con trabajadores contratados: deben ajustar las retenciones de las nóminas en consecuencia, las que no hayan podido adaptar las nuevas retenciones a las nóminas de julio por efecto de sus respectivos calendarios de pago, deberán regularizar la situación en la nómina de agosto.
Rentas de ahorro
El adelanto de la rebaja del IRPF incluye no solo las rentas salariales sino también las procedentes del ahorro.
En este caso, se aplicará también una única tarifa transitoria, con efectos desde enero hasta diciembre de 2015. El efecto de esta tarifa intermedia es equivalente a adelantar la tarifa del ahorro de 2016 a mediados de 2015 y quedará así:
Reducción de las retenciones de los profesionales autónomos
Por su parte, el tipo de retención para profesionales se reduce del 19% al 15% para todo el colectivo y no solo a los que obtenían rendimientos íntegros inferiores a 15.000 euros al año como ocurría hasta ahora.
Además, el Real Decreto contempla también que el tipo de retención del 9% que aplican los autónomos durante los tres primeros años de inicio de una actividad vuelva al 7%.
La medida beneficia a cerca de 800.000 autónomos que verán incrementada su liquidez en 263 euros de media en lo que queda de año.
Para hacernos una idea, un autónomo profesional, con la reducción generalizada de la retención del IRPF al 15%, gana mayor liquidez, un 4% de liquidez en sus cobros. De esta forma, un profesional que facture 2.000 euros al mes de media, genera una liquidez mensual de 80 euros, lo que supone 960 euros al año.
Ayudas sociales
Al respecto, se declaran exentas de tributación las ayudas públicas concedidas por las comunidades autónomas y las entidades locales para atender a ciudadanos en situación de emergencia o riesgo de exclusión social.