Comprobar que los resultados del año están siendo buenos es una gran noticia. El aspecto menos agradable de esto es que a mayor beneficio mayor tributación, y ya no nos gusta tanto.
Por eso, es bastante habitual buscar alguna manera de invertir parte de esos beneficios, en el poco tiempo que queda para que acabe el año, de forma que se pueda rebajar una poco la “factura fiscal”.
En este sentido dos suelen ser las ideas más recurrentes:
- ¿Adelanto compra de mercancía? Como de todas formas tengo que comprar en enero la adelanto a diciembre y así me desgrava este año….
- ¿Compro ya la maquinaria o algún otro activo que tenía pensado adquirir el año que viene y así me lo desgravo ahora?
La verdad es que si lo que se persigue es rebajar el beneficio con ninguna de las dos propuestas se consigue. O al menos, no se consigue cien por cien.
Por qué no sirve adelantar la compra de mercancía para tributar menos
No todas las compras restan de los ingresos para calcular los resultados, sino que sólo lo hacen las compras consumidas.
Es decir, el precio de coste del género que has vendido se restará de los ingresos del ejercicio; sin embargo, el importe de la compra que corresponda a una mercancía que no se ha vendido, y que la tengas en el almacén, no será un gasto de ese año. Es lo que se llama existencias finales.
Por esta regla, las compras que realices a final de año formarán parte de las existencias finales porque no las vas a vender antes de 31 de diciembre, por lo que no van a rebajar el beneficio del año en curso.
Lo veremos con un ejemplo:
Te dedicas a la venta de mesas. Compras 5 por 100 euros cada una y vendes 3 por 200 euros cada una. ¿Cuál es el resultado del ejercicio?
Ventas – Compras consumidas = Resultado
600 – 300 = 300
(3 x 200) (3 x 100)
Has ganado 300 euros y tienes, además, unas existencias finales de 200 euros (las dos mesas que te quedan).
Si compras otras 2 mesas más ¿bajará el beneficio?
Veamos:
Ventas – Compras consumidas = Resultado
600 – 300 = 300
No, no baja el beneficio. Lo que si cambia es que ahora tienes 4 mesas de existencias finales por valor de 400 euros.
Por lo tanto, está claro que adelantar compras antes de que acabe el año no sirve para tributar menos.
Por qué no sirve invertir en activos
Si decides invertir en activos con la intención de tributar menos, el resultado va a ser el mismo que en el caso anterior.
La inversión en maquinaria, mobiliario, equipos informáticos, elementos de transporte, instalaciones….. en cualquier clase de activo no supone una disminución del beneficio por el importe de la adquisición.
Este tipo de bienes forman parte del inmovilizado material implica que se imputarán como gasto a razón del porcentaje anual que establece la ley. Es lo que se llama “Amortización”.
Por ejemplo: compras un ordenador que te cuesta 1.000 euros; como el porcentaje de amortización de los equipos informáticos es el 25% resulta que cada año el gasto por el que te vas a desgravar es de 250 euros.
Pero esos 250 euros son anuales, por lo que si compras el ordenador el 1 de diciembre la amortización sólo será la parte proporcional de un mes: 20,83 euros.
Como ves, tampoco te soluciona mucho invertir 1.000 euros para desgravar 20,83 el primer año.
¿Se puede hacer algo entonces?
Sólo hay una partida que sí que resta de los ingresos directamente y es el gasto, puro y duro.
Lo único que puedes adelantar a un momento anterior a que acabe el año y que te desgrave por su importe total es cualquier tipo de gasto cualquier tipo de gasto:
- Reparaciones
- Servicios de profesionales independientes
- Seguros
- Publicidad
- Gastos de personal
- Etc.
Si para el año próximo tienes previsto realizar alguna reparación importante, alguna campaña de publicidad voluminosa o encargar algún servicio a un profesional externo, por ejemplo, tal vez te interese adelantarlo algo en el tiempo para poder desgravártelo en este ejercicio.
Porque, como ya has visto, con adelantar compras o inversiones no consigues tributar menos.