Blog
¿Cómo reunificar deudas siendo autónomo?
¿Qué es el pago directo y cómo se solicita?Cambio de administrador en una SLCuatro meses sin intereses de demora: así es la ampliación del aplazamiento de impuestos de autónomos y pymesCómo vender a puerta fría con eficaciaDetalles que no debes obviar para pedir un préstamo. ¡Qué no se te escapen!Pymes, Autónomos y Reputación Online (III)Comunidad de bienes: tipos y ejemplos¿A qué edad estamos preparados para asumir el riesgo de emprender?Más de 10.000 autónomos se dan de baja en enero¿Puede un autónomo cobrar el Ingreso Mínimo Vital?Cómo convertirme en proveedor de grandes empresas de España¿Cotizar o no cotizar por cese de actividad? La dificultad de cobrar el paro de los autónomos¿Qué es la previsión de tesorería y cómo hacerla?Redes sociales para pymes – ViscoformClaves y plazos del reglamento publicado sobre facturación electrónica¿Cómo Facturar?Cómo obtener una tarjeta de transporte de mercancías y cuánto te va a costarParo de los autónomos: sólo habrá que declarar un 10% de pérdidas para cobrarloCómo crear presupuestos con estilo de manera sencillaCómo construir una relación horizontal en tu empresaAutónomos sin subvencionesMejoras en módulos, moratoria hipotecaria y maternidadExtinción y prescripción de deudas tributarias10 ideas para montar un escaparate atractivo. Parte I: El conceptoMás del 60 % de los autónomos andaluces, valencianos y catalanes reconoce trabajar más de 8 horas al día

TE LLAMAMOS GRATIS

Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario

¿Quieres añadir más información?

Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo está oculto cuando se visualiza el formulario
Este campo es un campo de validación y debe quedar sin cambios.

¿Cómo reunificar deudas siendo autónomo?

La crisis está siendo especialmente dura para las pymes y los autónomos. Según datos de la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA),el 50% de los nuevos autónomos no duran más de tres años con su negocio -en España cada hora 50 personas se dan de alta como trabajadores por cuenta propia-.

Autónomos que con la crisis han tenido que ir pidiendo préstamos para mantenerse a flote, lo que ha llevado a la mayoría a una situación insostenible de endeudamiento. Y es que, a pesar de que el crédito en España se distribuye casi a partes iguales entre empresas (52%) y familias (48%), la morosidad actual -superior al 10%- se debe fundamentalmente a las empresas, con casi 81 de cada 100 euros de dudoso cobro.

Una de las salidas que existen para dar solución a esta situación es la reunificación de deudas, un producto financiero cuya demanda crece año a año. Según la Agencia Negociadora, desde hace 3 años, la demanda de estos productos está creciendo a cifras anuales superiores al 35%. Un producto financiero que es utilizado tanto por familias como por autónomos y pequeñas empresas que necesitan liquidez y pasan apuros para pagar las distintas cuotas de sus préstamos.

 ¿En qué consiste la reunificación de deudas?

La consolidación de las deudas es una operación financiera que pueden solicitar tanto trabajadores por cuenta ajena como autónomos, sin que existan grandes diferencias en su tramitación. El requisito indispensable para solicitar una consolidación de deudas es el de ser propietario de una vivienda. La mayoría de las entidades financieras sólo acceden a realizar este tipo de operaciones si detrás hay un inmueble que pueda ser hipotecado.

La reunificación de deudas es una operación financiera que permite que todos los gastos que hay que cubrir en un mes se conviertan en uno sólo. En concreto, se reunifican todas las deudas en un sólo préstamo hipotecario, con lo que, mensualmente se paga menos al tener que hacer frente a una única cuota, con un tipo de interés menor al tratarse de un préstamo hipotecario.

Con la reunificación de deudas, por tanto, se pueden cambiar préstamos personales al 9% o créditos rápidos al 20%, por un único préstamo hipotecario a un tipo de interés mucho menor, de en torno al 4,5% y sustituir el plazo de amortización de estos préstamos que suele ser de unos 5 años de media por un plazo de amortización más elevado, de hasta 30 años.

En la actualidad, la entidad financiera sólo dará el visto bueno a la operación si el capital total que queda por amortizar y que conformará el nuevo préstamo hipotecario no supera el 80% del valor de tasación del piso. Este límite está siendo el principal lastre de aquellos que se acercan a una entidad financiera a solicitar la consolidación de las deudas.

Y es que, la crisis ha acentuado la caída del precio de los inmuebles y dificultando a quien pretende reunificar deudas mplir los requisitos. Si el solicitante compró su piso en pleno boom inmobiliario, en la actualidad su valor habrá caído considerablemente, con lo que, con la nueva tasación, difícilmente conseguirá que el capital a amortizar en el nuevo préstamo sea inferior al 80%.

El solicitante, además, deberá tener un trabajo estable y unos ingresos regulares. En el caso de los autónomos, los documentos que el banco le va a exigir para llevar a cabo la operación son los siguientes:

  • DNI, NIE o pasaporte.
  • Alta en el Impuesto de Actividades Económicas del régimen de autónomos durante dos años como mínimo.
  • Vida laboral autorizada: se trata de un documento emitido por la Tesorería de la Seguridad Social en el que consta la antigüedad en la empresa donde trabaja el interesado y los distintos tipos de contratos que ha tenido. El departamento de crédito de la entidad financiera determina la estabilidad laboral del trabajador a través de este documento.
  • Últimos trimestres del IRPF e IVA.
  • Declaración de la renta del último año.
  • Nota simple actualizada de la garantía a reunificar. Esta nota simple aporta información en relación al bien inmueble que servirá de garantía hipotecaria. Es importante que esté actualizada al momento de presentar la solicitud de reunificación de deuda ya que el banco podrá ver en ella las últimas cargas que pesan sobre el inmueble. Al momento de realizar la firma de la operación se deberán cancelar todas las cargas que tenga la vivienda.
  • Tres últimos recibos de cada préstamo, crédito o tarjeta que se necesite reunificar.
  • Escritura de la propiedad.
  • Estado de las cuentas bancarias.

La documentación requerida puede variar de una entidad a otra dependiendo de su política de riesgos. En todos los casos, sin embargo, la operación sólo será viable si el cliente cumple con los ratio de endeudamiento máximo que le exigirá la entidad financiera para reunificar sus deudas. Es decir, que la cuota resultante de la nueva hipoteca no suponga más del 35% de los ingresos del solicitante.

Los peligros de la reunificación de deudas

A la hora de decidir reunificar deudas se deben tener en cuenta varios factores:

1.-Se paga menos al mes pero se abonan más intereses a largo plazo: a base de alargar la vida de los préstamos, se acaban pagando más intereses con lo que la deuda se hace más grande. Es la contrapartida de cambiar compromisos a corto plazo por un endeudamiento a más largo plazo.

2.-Se trata de una operación muy costosa: antes de emprender una consolidación de las deudas el cliente debe valorar que se encuentra ante una operación financiera costosa que implica una serie de gastos. El Banco de España ha pedido que al analizar esta operación se ponga especial cuidado en los gastos totales que conlleva:

  • Costes de tramitación y formalización.
  • Los créditos que se cancelan suelen aplicar comisiones o penalizaciones por cancelaciones anticipadas.
  • Las modificaciones en la hipoteca acarrean gastos de notaría, registro e impuestos.
  • La apertura de una nueva hipoteca conlleva también comisiones y desembolsos.

3.-Las entidades financieras semuestran reacias a reunificar deudas en la actualidad:a medida que la crisis ha ido avanzando, los procesos de reunificación de deudas han caído en picado y casi ninguna entidad financiera se muestra, en principio, partidaria de esta operación. Sin embargo, acudir al banco y negociar con ellos la reunificación de la deuda es siempre la primera de las opciones a valorar, siempre que se conozca bien el mercado financiero. Si no, lo mejor es acudir a un intermediario financiero.

En caso de acudir a un intermediario financiero es recomendable asesorarse bien sobre el tipo de comisiones que cobran que rondan entre el 3% y el 5% del importe de la operación. Además, el intermediario financiero sólo deberá cobrar su comisión si al cliente le interesa la hipoteca que le encuentran y se formaliza finalmente la operación. El cliente debe saber que él contrata el préstamo con la entidad financiera y no con la empresa de intermediación.

4.- Si acude al capital privado, cuente con asesoramiento profesional: si no consigue que una entidad financiera le reunifique las deudas, en el mercado existen empresas de capital privado que se dedican a ello. En caso de acudir al capital privado para la reunificación de deudas se aconseja contar con asesoramiento, bien con un abogado o un profesional financiero. Además, se debe tener en cuenta que los tipos de interés que aplican las empresas de capital privado suelen ser muy elevados.

A parte de tener en cuenta estos factores, si decide reunificar sus deudas, debe tener la certeza absoluta de que podrá hacer frente, sin problemas a la nueva cuota hipotecaria, ya que en caso de impago, el proceso de embargo suele ser inmediato.

 

Sobre el autor: Bankimia es un comparador online de productos financieros para particulares. Su objetivo es ofrecer la mejor información para seleccionar productos para particulares de entidades financieras.

 

Imagen: FreeDigitalPhotos

Web de referencia en información y servicios para autónomos emprendedores y pymes

¿Quieres acceder a recursos que te facilitan el día a día como autónomo?

Regístrate GRATIS y accede guías de facturación y contabilidad, plantillas para gestionar tus ingresos y gastos, ventas y mucho más….