La que fuera una de las reivindicaciones más largamente demandadas por el colectivo de autónomos, el IVA de caja o, lo que es lo mismo, la posibilidad de que los autónomos no tengan que adelantar el IVA a Hacienda hasta que no hayan cobrado sus facturas, es una realidad desde la aprobación de la Ley de Emprendedores el pasado mes de septiembre.
Sin embargo, la medida estrella del Gobierno para intentar solventar los problemas de liquidez de autónomos, emprendedores y pequeñas empresas no ha gozado del éxito esperado. ¿Las razones? Diversas, tal y como analizamos en las ventajas y desventajas de acogerse a éste nuevo régimen del IVA, pero la fundamental, para muchos, es el temor a ser marginados por las grandes empresas de las que son proveedores, ya que éstas tampoco podrán deducirse el impuesto de las facturas hasta que éstas no hayan sido abonadas.
En este sentido, el carácter voluntario de la medida puede tiene una gran contrapartida, ya que al adoptarla, obligaremos a hacerlo también a nuestros clientes, por lo que podrían desestimar trabajar con nosotros.
Pese a los últimos datos adelantados por el ministro de Economía y Hacienda, Cristóbal Montoro, y recogidos por Europa Press, en los que asegura que más de 22.000 personas físicas y jurídicas (autónomos y pymes) se han acogido al nuevo sistema, lo que considera “una cifra relevante teniendo en cuenta que es la primera vez que se pone en marcha una iniciativa de este tipo”, lo cierto es que según datos del colectivo de autónomos apenas el 10% de los posibles beneficiarios han optado por esta modalidad del IVA de caja.
Recordemos que el nuevo régimen del IVA de caja se dirige a empresas con una facturación anual inferior a 2 millones de euros al año y que, las empresas que ya lo solicitaron, pueden disfrutar de éste sistema desde el pasado día 1 de enero.
La desinformación no es el problema del IVA de Caja
Sin embargo, además de la presión de las grandes empresas frente a pymes y autónomos, existen otros factores, como la complejidad normativa o el mismo desconocimiento de la norma, los que han contribuido a ensombrecer una de las propuestas llamadas a aliviar las dificultades de liquidez que sufre el colectivo con el aumento de la morosidad desde el inicio de la crisis (como inciso, sólo resaltar que los periodos de pago triplican en algunas ocasiones el límite legal vigente, que se establece en 30 días para las administraciones públicas y en 60 días en las operaciones entre empresas)
Tanto es así, que el Ejecutivo se vio obligado a ampliar el plazo para acogerse al régimen del IVA de Caja, que inicialmente se cerraba el 31 de diciembre, hasta el pasado 31 de marzo. Sin embargo, ésta nueva oportunidad no ha ofrecido los resultados que cabría esperar, por lo que llega el momento de replantearse si la medida es realmente interesante y eficaz para aquellos a los que se dirige, ya que son muchos los pequeños autónomos y empresas los que no pueden permitirse ganar liquidez a costa de perder un cliente.
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