Según un comunicado difundido por UATAE hace unos días, los profesionales autónomos en España perciben una pensión media de poco más de 646 euros, casi 500 euros menos que la prestación media correspondiente a los trabajadores del Régimen General.
Pero, ¿por qué sucede esto? Al igual que los trabajadores por cuenta ajena, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos los profesionales cotizan a la Seguridad Social desde el primer día en que comienzan su actividad a través del pago de la cuota de autónomos, que incluye la cobertura de determinadas prestaciones, como la jubilación, la incapacidad temporal o, con un tipo adicional, el cese de actividad.
Normalmente, la mayoría de los autónomos que inician su actividad cotizan al mínimo, es decir, pagan la cuota mínima, para luego, una vez se acerca la edad de jubilación, ir aumentando la cuantía de la cuota e incrementar de esta forma la prestación recibida una vez cesen en su actividad. Es importante recordar que, para poder acceder a la jubilación, los autónomos deberán haber cotizado durante un mínimo de 15 años, 2 de los cuales deben estar comprendidos entre los últimos 15 años en los que se desarrolla la actividad.
Sin embargo, la crisis y la difícil situación económica por la que están pasando muchos miembros de este colectivo hace que este aumento paulatino en las cotizaciones a la Seguridad Social no se produzca, ya que el incremento en el pago de la cuota de autónomos resta liquidez a los profesionales.
Por ello, es importante planificar adecuadamente la jubilación de los autónomos y, de esta forma, poder salvar los inconvenientes que pudieran surgir durante un periodo de tiempo determinado y que las consecuencias en la pensión futura puedan minimizarse al máximo.
Además, la ley establece ciertas limitaciones en el cambio de base de cotización (sueldo teórico sobre el que se calcula la cuota) a partir de una determinada edad, por lo que la planificación se hace aún más importante.
Tras la reforma del sistema de pensiones, los profesionales que, por ejemplo, planeen su jubilación para 2013, tendrán que aumentar su cotización hasta los 500 euros desde los 42 años en caso de aspirar a la pensión máxima. Sin embargo, los autónomos mayores de 47 cuya base de cotización en diciembre de 2011 fue inferior a 1.682 euros, solo podrán aumentar su base de cotización hasta los 1.870 euros.
Los cambios legislativos, las variaciones en la economía general y las propias circunstancias de cada profesional hacen que la planificación de la prestación por jubilación sea, en ocasiones, complicada. Por ello, y ante la duda, es recomendable que te acerques a la oficina de la Seguridad Social más cercana y expongas tu caso para que te asesoren personalmente.
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