Uno de los impuestos más importantes que tiene que pagar el autónomo es el IRPF o Impuesto de la Renta de las Personas físicas. Sirve para financiar el mantenimiento del propio Estado, así que, toda persona física que obtenga rentas está obligado a contribuir con el sostenimiento de los gastos públicos mediante su presentación. Puedes tributar el IRPF 2018 en Estimación Directa o por Módulos, así que antes de decidirte, echa un vistazo a este artículo te damos las claves y las fechas.
Qué es el IRPF
El Impuesto de renta sobre las personas físicas o IRPF, es una prestación económica que el Estado exige para contribuir con el mantenimiento del mismo. Grava la renta obtenida en el año natural por las personas físicas residentes en España, así que los autónomos también están obligados a presentar la declaración de la renta o declaración anual del IRPF y hacer frente a este impuesto.
Se caracteriza porque es un impuesto directo, ya que grava directamente a la persona física, y personal porque queda afecto a las personas y no a los bienes. También se trata de un impuesto subjetivo porque tiene en cuenta las condiciones de cada contribuyente, y progresivo, porque cuanto mayor sea la renta más se retiene. Hay que pagarlo cada año, así que también estamos ante un tributo periódico, además de analítico ya que analiza el origen de las rentas que componen la base imponible.
Estimación Directa Normal o Estimación Directa Simplificada
Puedes elegir entre tres fórmulas para tributar el IRPF: Estimación Directa Simplificada, Estimación Directa Normal y Estimación Objetiva, más conocida como Módulos. Elegir una opción u otra va a condicionar la forma en la que haces frente a este impuesto.
Si te decantas por los Módulos tendrás que pagar una cantidad fija, que dependerá de las características de tu negocio, y si lo haces por Estimación Directa Simplificada o Normal tendrás que aplicar el 20% a tus ingresos para saber qué cantidad tienes que abonar en el pago fraccionado cada tres meses.
Puedes elegir la Estimación Directa Simplificada si el rendimiento neto de tu actividad económica no supera los 600.000 euros al año, si el tipo de actividad que desarrollas no puede encuadrarse dentro de la modalidad de Estimación Objetiva (o Módulos), y si no ejerces otras actividades sometidas a Estimación Directa Normal. Si anualmente facturas más de 600.000 euros y has renunciado a los regímenes simplificado o de Módulos, harás frente al IRPF por Estimación Directa Normal.
En cualquiera de estos dos casos, de manera trimestral, tendrás que rendir cuentas frente a Hacienda, presentado el pago fraccionado del IRPF cumplimentando el Modelo 130. Tendrás hasta el día 30 de enero para presentar el cuarto trimestre de 2017, el 20 de abril para el primer trimestre de 2018, el 20 de julio para el segundo trimestre y el 22 de octubre para el tercer trimestre.
Tributar por Módulos
La última opción es tributar por Módulos, en el Régimen de Estimación Objetiva. Pero ¡ojo! no todos los autónomos pueden optar por esta modalidad y hay otros que están obligados a hacerlo. Tienes que desarrollar una de las actividades incluidas en un listado publicado mediante Orden Ministerial, que se actualiza de forma anual, para poder elegirlo.
Para que te hagas una idea en ese listado están la hostelería, la agricultura y la pesca, transporte, la industria panificadora… pero también con restricciones. Y si te dedicas a la carpintería metálica, la construcción, la confección, la industria del mueble o la impresión, estarás obligado a tributar por esta modalidad.
Además de todo lo anterior los ingresos de tu negocio no pueden superar los 250.000 euros anuales. Tampoco podrás decantarte por los Módulos si practicas retenciones del 1% en tus facturas, realizas otras actividades que tributan por Estimación Directa o no has renunciado al Régimen Simplificado del IVA.
En el caso de tributar por Módulos la cuota fija a pagar se establece en base a cosas como el nº de trabajadores que tenemos, la superficie del local… y atendiendo a las bonificaciones de las que podamos gozar y a una serie de índices correctores como la población del municipio, duración de la temporada de la actividad, etc.
Algo que se especifica al inicio del año y queda establecido para el pago trimestral al que tendrás que hacer frente cumplimentando el Modelo 131. Del mismo modo que en el modelo 130, tendrás hasta el día 30 de enero para presentar el cuarto trimestre de 2017, el 20 de abril para el primer trimestre de 2018, el 20 de julio para el segundo trimestre y el 22 de octubre para el tercer trimestre.
Presentación del IRPF 2018: Renta 2017
El objetivo final del IRPF es echar cuentas con Hacienda y comprobar la totalidad de las rentas percibidas a lo largo del año y determinar si por el volumen ingresado, quitando deducciones, se está pagando lo suficiente a las arcas del Estado o hay que ingresar todavía más, o devolver en la Renta 2017.
Así, a los pagos fraccionados a cuenta trimestrales que abonas si tributas por Estimación Directa Normal o Simplificada, y a esas cuotas que pagas por tributar en Módulos, hay que unir la declaración anual donde finalmente se reajusta todo. Tendrás que presentar el Modelo D-100 desde el 4 de abril al 2 de julio (si el resultado es a ingresar con domiciliación en cuenta, hasta el 27 de junio).
Junto con el IVA, el IRPF es el otro gran impuesto al que tiene que hacer frente el autónomo, así que si mantienes dudas al respecto o quieres que un profesional presente por ti los modelos correspondiente, no dudes en ponerte en contacto con la asesoría de Infoautónomos.