Quedan pocos días para que arranque la campaña de la Declaración de la Renta. Lo hará el 11 de abril.
Uno de los puntos más comentados entre las novedades de la Renta 2022 es que este año será el último con límites para los autónomos.
¿Qué autónomos están obligados a presentar la Renta? ¿Cuáles serán los principales cambios de cara al próximo año?
Si eres autónomo, esto te interesa.
Límite para autónomos en su Declaración de la Renta 2022
Este año se mantienen los requisitos de campañas anteriores.
Los autónomos que hayan obtenido un rendimiento anual neto igual o superior a 1.000 euros tendrán que presentar la Declaración de la Renta dentro del plazo estipulado (desde el 11 de abril hasta el 30 de junio de 2023).
Cabe recordar que cuando hablamos de rendimiento neto nos referimos a la diferencia entre los ingresos brutos y los gastos deducibles de la propia actividad. El límite es bajo.
En la práctica, la inmensa mayoría de los autónomos españoles tendrá que presentar el modelo 100 correspondiente al mencionado Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Todo cambiará a partir de 2024.
El año que viene todos los autónomos tendrán que presentar la Declaración de la Renta
En 2024 seguiremos sumando novedades al apartado fiscal y laboral del autónomo.
El nuevo régimen fiscal que acaba de entrar en vigor afectará de lleno a todos los trabajadores por cuenta propia.
Uno de los principales cambios es que todos los autónomos estarán obligados a presentar la Declaración de la Renta, incluso aquellos con nulos beneficios (o pérdidas) en su balance anual.
La Renta 2023, que se iniciará en abril de 2024, dirá adiós a los límites.
Todos los autónomos estarán obligados a presentar el modelo 100 independientemente del rendimiento obtenido.
Otras importantes novedades para los autónomos
Los cambios no se quedan ahí.
Una de las novedades que mayor impacto ha tenido en el sector son las nuevas cuotas para los autónomos.
A partir de ahora, se establecen las cuotas a la Seguridad Social en función de los ingresos reales.
Este cambio ya está en marcha. Se realiza en 15 tramos de cotización en función de la previsión de ingresos.
No obstante, a partir de ahora se abre la opción de solicitar el conocido como paro del autónomo en casos de caídas significativas (al menos un 75 %) de los ingresos.
Esta prestación ya existía, la novedad es que ahora podrás recibir la ayuda sin darte de baja en el RETA y sin cerrar tu negocio.
Como has podido leer, estamos en una fase de profundo cambio. Las novedades para los autónomos no paran de crecer.