Las Campañas de Marketing son un campo abonado por la Agencia de Protección de Datos para sancionar, ya que muchas de ellas pasan por alto los requisitos establecidos por la LOPD.
Es posible que como autónomo o empresario contrates o hayas contratado la ejecución de una campaña de marketing a una agencia especializada en el sector con la finalidad de que tus productos o servicios lleguen a un público objetivo o, quizás, hayas entregado invitaciones para asistir a un evento donde promociones tus productos o servicios.
Si es así o piensas realizar una campaña en el futuro, debes tener muy en consideración la LOPD o Ley Orgánica de Protección de Datos. La LOPD exige para poder utilizar los datos personales con finalidades publicitarias o promocionales cumplir uno de los siguientes requisitos:
1.- Que los datos figuren en Fuentes accesibles al Público
2.- Que los datos los facilite el interesado o hayan sido obtenidos con su consentimiento.
Existen empresas dedicadas a recopilar datos personales con el objetivo de venderlos a empresas o entidades para que las utilicen en sus campañas de marketing. Es común que encomiendes la campaña a una agencia de marketing que aporta la base de datos cuyo origen podría estar relacionado, en muchos casos, con terceras empresas. Para poder utilizar esta base, de datos personales, en la campaña de marketing que has encargado se debe cumplir uno de los dos requisitos descritos anteriormente.
Es aquí cuando el cumplimiento de estos requisitos te puede afectar directamente. Para comprobar el grado de responsabilidad, se debe identificar quién es el responsable del tratamiento de los datos de las partes implicadas en la campaña, siendo éste, la entidad que defina los parámetros identificativos de la campaña, es decir, la entidad que defina las variables utilizadas para identificar a los destinatarios de la publicidad.
Por lo tanto, si tu empresa determina los criterios de la campaña, aunque no acceda al fichero que aporta la empresa de marketing, no está exenta de responsabilidad, ya que al determinar los perfiles de los destinatarios de la campaña se convierte en responsable del tratamiento.
En este supuesto, debes asegurarte que la empresa de marketing ha obtenido los datos bien de fuentes accesibles al público o con el consentimiento de los destinatarios e impedir, en otro caso, que los datos obtenidos ilegalmente sean objeto de tratamiento en tu campaña.
Cómo evitar las sanciones de la LOPD
La Agencia Española de Protección de Datos exige a tu empresa pruebas para acrediten que la empresa de marketing que aporta el fichero cumple con la normativa vigente. Para ello, recomienda que revises la cláusula utilizada por la empresa que ofrece el servicio publicitario para obtener el consentimiento de los destinatarios de la campaña y además solicites el informe de auditoría de LOPD.
No es suficiente que en el contrato de prestación de servicios por cuenta de terceros, que debéis formalizar tu empresa y la empresa de marketing, incluya una clausula donde se manifieste que la empresa publicitaria ha obtenido los datos de acuerdo a la LOPD.
Por lo tanto, si decides como autónomo o empresario externalizar la campaña de marketing a una empresa que aporta la Base de Datos y tú determinas a qué público objetivo quieres que le llegue la información de tu promoción, deberás antes asegurarte de que cumples uno de los dos requisitos:
1.- Que los datos provienen de fuentes accesibles al público y que el destinatario no haya manifestado su negativa a que sus datos sean objeto de tratamiento para las actividades de publicidad
2.- Que los datos han sido obtenidos con el consentimiento de los destinatarios de la publicidad.
El incumplimiento se considera sancionable, por cometer una falta grave, con una cuantía entre 40.000 € a 300.000 €.
Recuerda siempre consultar a tu Experto en Protección de Datos cuando estés implicado en tratamientos de datos de carácter personal para asegurarte de que cumples con la normativa y de esa manera evitarás sanciones inesperadas que incluso te pueden cerrar el negocio o afectar a tu patrimonio personal.
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