¿Te acuerdas que en julio entró en vigor la nueva ley de morosidad? Como para olvidarse, ¿verdad? Pues no parece que se estén cumpliendo del todo los objetivos de esta ley. Según datos de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad en el sector privado la morosidad se ha reducido en el 2010 de 101 a 93 días de media pero la de la Administración ha subido de 154 a 157, muy lejos de los objetivos fijados en la Ley de Morosidad. Además, la tasa de morosidad (impagos sobre el total de facturas) ascendió al 5,1% cuando la media europea es del 2,6%. La construcción y la industria son los sectores con plazos de pago más largos.
La morosidad tanto privada como pública constituyen uno de los principales problemas a los que nos enfrentamos los autónomos. De hecho el desfase de liquidez y tesorería que en muchos casos genera este problema conduce al cierre del negocio. Desde el 2008 lo vemos día a día.
Según la nueva ley en el caso de la empresa privada y por tanto de los autónomos, se deberá pagar a los proveedores en un plazo de 85 días como máximo en 2010 y 2011, de 75 días en 2012 y finalmente de 60 días a partir de 2013. Se establece una excepción para los productos de alimentación frescos y perecederos, en lo que se fija el plazo máximo de pago en 30 días con efectos inmediatos.
Por lo que se refiere a la administración pública, en 2011 el plazo máximo es de 50 días, en 2012 será de 40 y a partir de 2013 de 30 días. Es evidente que hay un importante y generalizado incumplimiento por parte de las Administraciones públicas… queda pendiente que inicien un importante ajuste para dejar de financiarse a costa de los autónomos y las pymes.
En un mundo imaginario donde todo funcionara como debiera, lo lógico y eficaz sería demandar a tu cliente por impago. Pero hoy por hoy debe ser el último recurso ya que el proceso judicial puede implicar que el cobro se retrase todavía mucho más. Por ello debes poner todos los medios a tu alcance para prevenir este tipo de situaciones.
Lo mejor es prevenir esta situación. Desde Infoautónomos te dejamos algunos consejos a considerar:
– Conoce el riesgo que entraña tu cliente:
Si vas a firmar un contrato con un cliente privado y el importe es lo suficientemente importante como para que si no te paga, tu negocio corra riesgo de desaparecer o de pasarlo muy mal, lo mejor que puedes hacer es contratar un informe de riesgo y solvencia con alguna de las empresas de información empresarial que ofrecen este servicio en el mercado y asegurarte de que tu cliente no pertenece a los registros de morosos (RAI y ASNEF) ni tiene causas pendientes con la Administración Pública o la Justicia ni una empresa en dificultades.
La sabiduría popular nos aporta frases de toda la vida como “las apariencias engañan” y “las palabras se las lleva el viento”. Por algo será. Y más en tiempos de crisis. Y como más vale prevenir que curar asegúrate al menos de que tu cliente no arrastra problemas antiguos. Dependiendo del detalle de información requerida, un informe de este tipo puede oscilar entre 20 y 50 euros. Lo puedes contratar online fácilmente en e-Informa y Axesor.
En el caso de la Administración Pública es conveniente que indagues acerca de los plazos de pago del Ayuntamiento u organismo con el que vayas a trabajar. Pregunta en el área de administración y también al técnico responsable del encargo que te hacen. Y si consigues identificar y preguntar a proveedores habituales del Ayuntamiento, mucho mejor.
– Cobra una parte por anticipado:
Este sistema, práctica habitual de muchos profesionales autónomos como abogados o economistas, es no empezar a trabajar e incurrir en costes hasta que el cliente no haya satisfecho la cantidad requerida como pago inicial, especialmente en trabajos de una cierta envergadura o en los que debas incurrir en costes externos.
Para ello, al presentar tus presupuestos debes estipular las condiciones de pago. Por ejemplo, un 30% con la aceptación del presupuesto, un 30% a mitad del encargo y el 40% restante a su finalización. O la emisión de facturas o igualas mensuales.
Igualmente muchos trabajadores autónomos del sector de la construcción exigen a sus clientes el pago de los costes de materiales por anticipado.
En la Administración pública puedes intentar negociar esta cuestión cuando tengas constancia de que ellos han recibido la financiación de otra fuente con anterioridad.
– Factura rápidamente y controla los plazos de pago:
Por extraño que parezca, muchas veces los propios autónomos son los primeros en descuidar estas cuestiones, tardando más de la cuenta en emitir sus facturas y olvidando hacer el seguimiento de los plazos de cobro.
– La insistencia ayuda:
A nadie le gusta ser un pesado pero tratándose de morosos no queda más remedio que insistir y estar encima del cliente, ya que lamentablemente muchas veces se paga al que antes reclama su dinero o hace una gestión profesional de cobro con empresas especializadas y no al que le corresponde conforme a los plazos de pago.
– Seguros de crédito:
Aunque generalmente esta medida está fuera del alcance de los autónomos, los seguros de crédito ofrecidos por las grandes empresas especializadas son una buena manera de evitar problemas de morosidad. Su atractivo radica en que el riesgo pasa a ser compartido, ya que estos seguros, además de un informe pormenorizado del cliente, suelen incluir una indemnización al asegurado y un amplio conjunto de mecanismos orientados al recobro y la recuperación del crédito.
– Empresas especializadas en impagos:
Si la cantidad adeudada es considerable, el plazo se ha alargado considerablemente y tus intentos de cobrar han recibido muchas buenas palabras que no se han reflejado en tu cuenta corriente, quizás ha llegado el momento de recurrir a una empresa especializada. No son baratas, pero es mejor cobrar una parte que nada, en estos casos se trata de minimizar tus pérdidas.
Este tipo de empresas se encarga de investigar y/o presionar al deudor y si este sistema no funciona también pueden gestionarte la apertura de un proceso judicial.