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¿Se te ha olvidado incluir en tu declaración de la Renta 2017 alguna reducción o deducción a la que tenías derecho? ¿Has computado importes superiores a los reales? ¿Has declarado indebidamente una renta exenta? En definitiva, ¿te has equivocado al hacer tu autoliquidación? Pues tranquilo porque, en principio, hay solución y se puede modificar la Renta 2017.
Lo primero que debes saber es si el error cometido te beneficia a ti, es decir te tienen que devolver más de lo que en principio parecía o tienes tú que ingresar a Hacienda menos de lo que en teoría debías, o has cometido un error que beneficia a la administración, porque tenga que devolverte menos o tú tengas que ingresarle más.
Rectificación o modificación de la Renta 2017
En el caso de que el perjudicado seas tú como contribuyente podrás Rectificar la declaración mediante el portal Renta WEB o con un escrito dirigido a la Delegación o Administración de la Agencia Tributaria que te corresponda por domicilio fiscal.
Pero solamente podrás presentar una “Rectificación” si la Administración no ha practicado ya la declaración provisional o definitiva, o no ha transcurrido el plazo de 4 años desde:
- El fin del periodo de presentación.
- El día siguiente a que la presentaras la Renta, en caso de ser una declaración fuera de plazo.
Si, por el contrario, la declaración que has presentado ha resultado en un ingreso inferior al que legalmente te hubiera correspondido o en una devolución superior a la procedente, deberás regularizar la situación a través del portal Renta WEB. En este caso tienes que hacer una “Modificación”.
Cómo modificar la Renta 2017
Para realizar la modificación o rectificación vía telemática, primero tienes que entrar en el Portal de la Renta 2017 y pinchar en el apartado “Más Trámites” donde encontrarás la opción “Modifique su declaración ya presentada”. También puedes llegar aquí desde la versión web del Modelo 100 de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
El segundo paso será revisar el estado en el que se encuentra tu declaración en “Estado de la tramitación”. Recuerda que tiene que poner “Su declaración se está tramitando”. Justo debajo verás que pone “Servicios disponibles”, y aquí tienes que clicar en “Modificación de la declaración”.
Se abrirá una ventana para continuar con la última sesión de trabajo guardada y ahora deberás elegir “Modificar declaración presentada”. Te encontrarás con dos opciones: complementaria o rectificación, como te decía, según quien sea el beneficiario o perjudicado.
Si estás ante una “rectificación” marca la casilla 127. En una nueva ventana se mostrarán los datos de la anterior autoliquidación y, una vez realizados los cambios que haya que incluir, tendrás que consignar en las casillas 631 (de la Renta 2017) ó 632 (de otras autoliquidaciones) la diferencia.
En el caso de una declaración complementaria, tienes que marcar la casilla 107, o la alternativa, para indicar la causa que motiva la presentación de la declaración complementaria. A partir de aquí, tendrás que navegar hasta subsanar los errores u omisiones de la autoliquidación.
Podrás verificar los cambios que has realizado desde la opción “Resumen de declaraciones”. Para que todo quede registrado y guardado tienes que darle a “Validar”. Y, por último, pulsar el botón “Presentar declaración” para finalizar el procedimiento.
A partir de este momento si ingresas de nuevo en tu expediente, podrás ver las dos declaraciones, la original y la posteriormente modificada o rectificada.
Si mantienes dudas sobre cómo hacer tu Renta 2017 o cómo modificar o rectificarla, recuerda que en Infoautónomos ponemos a tu disposición a nuestro equipo de especialistas que hace toda la gestión por ti.