Efectivamente, no es oro todo lo que reduce. Poco a poco y con cuenta gotas vamos conociendo los entresijos de la Reforma Fiscal que prometía dar un giro completo al sistema tributario español y que asegura “rebajar” los impuestos a las rentas medias y bajas para compensar los esfuerzos hechos por ciudadanía, autónomos y empresas.
Si bien es cierto que se han rebajado los tramos del IRPF y las retenciones que han de pagar los autónomos, no lo es menos que es necesario compensar el déficit público, ya que esta “bajada de impuestos” supone muchos millones que Hacienda dejará de ingresar.
Pero ¿cómo va a llevarse a cabo? Pues recortando por otro lado. En este caso, hemos asistido a una profunda limitación de muchos de las beneficios y deducciones fiscales de los que hasta ahora disfrutábamos. Veamos un breve resumen:
“Coto” a las deducciones fiscales de autónomos y empresas
– Supresión de deducciones en actividades económicas: Se suprime la reducción del 5% para gastos de difícil justificación y su importe total se limita a 2.000 euros.
– Supresión de las deducciones fiscales por los 1.500 euros de los dividendos. Desde enero de 2015 se tributará por todos los dividendos repartidos y no reinvertidos en la actividad empresarial.
– Simplificación de las tablas de amortización en el Impuesto de Sociedades
– Limitación la deducción por bases imponibles negativas —pérdidas de otros ejercicios— hasta el 60%.
Otras deducciones fiscales limitadas
– Limitación de las deducciones fiscales de las indemnizaciones por despido improcedente, que dejan de estar exentas al 100% en el IRPF. La cantidad mínima exenta será de 2.000 euros por año trabajado, por lo que las personas que hayan sido despedidas de forma improcedente tendrán que tributar en 2015 a partir de los 2.000 euros por año trabajado como rentas irregulares. No obstante, se establece una escala de exenciones que va aumentando en función de la cuantía de la indemnización
– Limitación de la reducción por rendimientos del trabajo, una de las principales deducciones del IRPF para los trabajadores. Así, los contribuyentes que obtengan más de 6.500 euros en otras rentas y que cobren más de 14.450 euros verán eliminada la reducción por rendimientos del trabajo, por lo que aquellos que obtengan más de 14.450 euros al año deberán abonar una tributación adicional mínima de 530 euros.
– Coto a las deducciones fiscales en los planes de pensiones: Se reduce la deducción por aportaciones a planes de pensiones privados a 8.000 euros al año (desde los 10.000 euros con carácter general y 12.500 para mayores de 50 años que se establece en la actualidad).
– Reducción de la desgravación por alquiler de vivienda al 50% (recordemos que, en la actualidad, la cifra se sitúa en un 60%). Además, se elimina la deducción del 100% para los menores de 35 años, que a partir de enero del año que viene solo se podrán deducir el 50% de lo que ingresen por este concepto.
Así, presentado ya el anteproyecto de ley que recoge todas éstas medidas y tras un breve análisis, se desprende que esta “bajada de impuestos” que anuncia el Ejecutivo a bombo y platillo no es tal, sino que se extiende la mano de un lado para recortar por otro, todo por cumplir con los objetivos de déficit marcados por Bruselas, que ya se ha encargado esta semana de dar el toque de atención al Gobierno.
Así, más que una Reforma Fiscal integral, no parece más que un conjunto de parches que no vienen a solucionar los problemas de liquidez ni a corto ni a largo plazo.
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