El Gobierno ha aprobado esta mañana el plan financiero para saldar las deudas que las Administraciones han contraído con los proveedores, muchos de ellos Pymes y autónomos.
Sin duda es una medida novedosa y bien recibida que supone una esperanza para todos aquellos autónomos y pymes a los que los Ayuntamientos y Comunidades autónomas les deben dinero desde hace mucho tiempo.
Algo que lamentablemente es muy frecuente a pesar de la aprobación de La Ley contra la Morosidad en julio de 2010 por imposición de las directivas europeas, pero que ha resultado ser “papel mojado”, ya que por ejemplo en 2011 establecía un periodo de pago para las administraciones públicas de 50 días, algo muy lejano a la realidad.
Según anunciaba Cristobal Montoro, ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, gracias al plan financiero los proveedores podrían cobrar sus facturas directamente en las entidades financieras, a través de un consorcio entre la banca y el Instituto de Crédito Oficial (ICO).
El objetivo fundamental del plan es que Pymes y autónomos puedan tener nuevos recursos para movilizar sus negocios, y se alivie así el estrangulamiento financiero que acusan.
Ahora estar por ver el alcance real de la medida, especialmente en lo que a los autónomos más pequeños se refiere. Sin embargo, parece que en este sentido habrá que esperar a que la Comisión Delegada de Asuntos Económicos avance en el diseño del plan financiero. Para ello primero será necesario que los ayuntamientos notifiquen a Hacienda todas sus facturas impagadas, que deberán realizar obligatoriamente antes del 15 de marzo.
Según el Gobierno, de esta manera se podrá conocer cuál es el volumen real de la deuda de los ayuntamientos con los proveedores, una cifra que varía según las fuentes, pero que oscilaría entre los 30.000 y los 50.000 millones de euros. Una vez conocido este dato se podrá establecer el crédito necesario para saldar las deudas de las Administraciones. Esperemos que no haya demasiadas facturas en el cajón, sin contabilizar, porque en ese caso la línea de financiación prevista podría ser insuficiente.
Además de la obligación de presentar las facturas ante Hacienda los Ayuntamientos deberán presentar un plan de viabilidad antes del 31 de marzo, detallando las medidas de ajuste presupuestario para hacer frente a las deudas pendientes.
Aun así, son muchos los detalles sobre esta nueva medida que quedan en el aire. El único detalle que ha adelantado el Gobierno es que, en todo caso, las facturas de proveedores que se pagarán deberán ser anteriores a fecha 31 de diciembre de 2011.
El Gobierno tiene pendiente concretar, entre otros factores, si el pago de las deudas se realizará sólo a aquellos proveedores que estén al corriente de sus abonos a la Seguridad Social y no figuren en listas de morosos, además de establecer los gastos de tramitación y los intereses, que en principio correrían a cargo del autónomo.
El decreto aprobado menciona que podrán considerarse como criterios prioritarios para el pago el hecho de que el acreedor ofrezca una quita a la administración (un descuento a la Administración), la existencia de una demanda judicial y por último la antigüedad de la deuda. También contempla la posibilidad de que el gobierno fuerce la aceptación de una quita.
Este aspecto de la quita genera bastante controversia, desde nuestra opinión no es de recibo que se fuerce a los autónomos y pymes a rebajar sus ingresos y probablemente a incrementar sus pérdidas aunque sea costa de mejorar su liquidez, cuando la culpa de lo sucedido es de la mala gestión de la administración pública. La renuncia a los intereses que contempla la Ley de morosidad ya debería ser suficiente “quita”.
La orden contempla que podrán establecerse tramos específicos para pymes y autónomos. Por ello desde los distintos colectivos y asociaciones de autónomos se está demandando ya que se considere el pago de pequeñas facturas como criterio de prioridad y que en el tramo más bajo no se imponga ninguna quita.
Además, como advierte UPTA, “ … muchos autónomos tendrán todavía dificultades para acceder a los pagos, ya que no son los titulares directos de los derechos de cobro, sino a través de las empresas contratistas que posteriormente subcontratan autónomos o muy pequeñas empresas para la realización de las obras y servicios…”
Estaremos atentos a la aprobación de estas medidas y las modificaciones que puedan sufrir en su tramitación en el Parlamento.