El pasado 6 de abril arrancó oficialmente la Campaña de la Declaración de la Renta 2021, que estará abierta hasta su finalización el próximo 30 de junio.
A lo largo de estos tres meses los contribuyentes tendrán que cumplir con su presentación, aunque conviene recordar que no todas las personas están obligadas a presentar la Declaración de la Renta.
Entre los criterios, existen unos ingresos mínimos que hacen que presentar la declaración este 2022 pueda ser o no obligatorio.
Hablamos de rendimientos de trabajo, pensiones, prestaciones por desempleo, ganancias patrimoniales o rentas inmobiliarias.
Para que lo tengas bien claro, te contamos quiénes están obligados este año a presentar la Declaración de la Renta y quiénes quedan exentos.
¿Quiénes tienen que presentar la Declaración de la Renta 2021?
En general, todos los contribuyentes están obligados a declarar ya que así lo establece la Ley del IRPF. No obstante, existen ciertas excepciones.
Hacienda ha hecho pública una orden que regula la Campaña de la Renta 2021, indicando los modelos de declaración, las formas de acceder al borrador y su presentación, y las situaciones en las que no es obligatorio hacer la declaración.
En primer lugar, vamos a repasar quiénes están obligados a presentar la Declaración de la Renta 2021 en función del origen y la cantidad de sus ingresos:
- Trabajadores que perciban rendimientos del trabajo superiores a 22.000 euros anuales.
- Trabajadores que perciban rendimientos del trabajo procedentes de dos o más pagadores superiores a 14.000 euros anuales y hayan recibido 1.500 euros o más del segundo y los restantes.
- Personas con rendimientos íntegros superiores a 14.000 euros que perciban:
- Pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
- Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.
- Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a un tipo fijo de retención.
- Personas con ingresos procedentes de rendimientos del capital mobiliario y/o de ganancias patrimoniales superiores a 1.600 euros brutos anuales, siempre que hayan estado sometidos a retención o ingreso a cuenta.
- Personas cuyos ingresos procedentes de rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de Letras del Tesoro, subvenciones para adquisición de viviendas de protección oficial u otras ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas sean superiores a los 1.000 euros brutos anuales de límite conjunto.
¿Quiénes quedan exentos de hacer la declaración?
Ahora vamos a explicarte quiénes son aquellas personas que no están obligadas a presentar la Declaración de la Renta 2021:
- Los ciudadanos con rendimientos íntegros del trabajo o del capital y de actividades económicas o gananciales patrimoniales que no superen los 1.000 euros brutos anuales en su conjunto.
- Los ciudadanos que hayan tenido pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros, cualquiera que sea su naturaleza.