Si lo prefieres puedes escuchar este artículo sobre el Pre303 o nuevo borrador del IVA pinchando aquí:
Desde esta semana puedes hacer uso del nuevo borrador del IVA. Se trata de un proyecto piloto mediante el que ofrecer a los usuarios un boceto del Modelo 303, la autodeclaración trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido, IVA. Igual que sucede con la Declaración de la Renta podrás revisarlo, modificarlo, en caso de ser necesario, y presentarlo de manera telemática e instantánea.
Es una de las novedades presentadas en el mes de enero por Hacienda y esta semana es la primera en la que se pone en funcionamiento, así que queremos contarte cómo funciona y quiénes sois los primeros que podréis hacer uso de él.
¿Quiénes pueden usar el Pre303 o borrador del IVA?
El mes de febrero es el elegido para iniciar este proyecto piloto que tiene vocación de facilitar al trabajador por cuenta propia la presentación de los modelos trimestrales del IVA.
En esta primera fase se pone a disposición de los empresarios que aplican el Suministro Inmediato de Información, el SII. En concreto, está habilitado para aquellos dados de alta en el Registro de Devolución Mensual, REDEME, que no sean gran empresa (cuyo volumen de ventas en el año anterior sea inferior a 6.010.121,04 €). Eso sí, con ciertas excepciones.
Excepciones para hacer uso del pre303 o borrador del IVA
Si bien ya sabemos que tienes que estar inscrito en el SII, hacer uso del REDEME y no ser considerado gran empresa, además quedan excluidos:
- Empresarios que tributen por algún régimen especial: criterio de caja, agencias de viajes, bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección, oro de inversión o grupos.
- Los que sean destinatarios de operaciones en régimen especial de criterio de caja.
- Y empresarios que apliquen la prorrata o tengan sectores diferenciados de actividad.
Recuerda que esto es solo en esta primera fase, ya que la intención es que llegue a todos los obligados a la presentación del Modelo 303, sin condicionantes de ningún tipo. De hecho, en el mes de julio ya habrá disponible una segunda versión con un bloque de destinatarios más amplio.
Llegar al Pre303 o borrador del IVA desde los Libros Agregados
La primera versión del Pre303 o borrador del IVA se podrá presentar hasta el día 29 de febrero con respecto a la información del mes de enero de 2020.
Al Pre303 se accede desde el apartado de “Liquidación” del trámite llamado “Libros Agregados”. Estos suponen una agrupación de los importes consignados por el contribuyente en sus libros registro del IVA llevados en la sede electrónica de la Agencia Tributaria al que puedes acceder pinchando aquí.
Estos Libros Agregados permitirán conocer los importes que les correspondería declarar en el Modelo 303, incluyendo notas aclaratorias cuyo objetivo es facilitar la comprensión de cómo se han realizado los cálculos.
Generar el Pre303
Desde los Libros Agregados el contribuyente podrá trasladar la información mostrada a las correspondientes casillas de los apartados de “Liquidación” e “Información Adicional” del Modelo 303.
Una vez accedido al servicio, se podrá recuperar el Pre303 de una sesión de trabajo iniciada con anterioridad para continuar con la misma, o bien obtener un nuevo Pre303 trasladando de nuevo la información del SII.
Modificar y presentar el Pre303 o borrador del IVA
La información que encontrarás en el Pre303 debe ser contratada por ti. Es decir, se trata de un documento totalmente modificable que sirve de soporte de ayuda, pero en el que el propio contribuyente debe determinar cuáles son los datos reales de la actividad a trasladar al Modelo 303.
Es decir, debes ser tú el que corrobore que la información es veraz y corresponde con la realidad, ratificando que los importes inscritos son los propios a tu actividad económica.
Para poder finalizar la presentación del Modelo 303 deberás terminar de cumplimentar el resto de los apartados del modelo: datos identificativos e información adicional, así como los datos correspondientes al cálculo del resultado final y forma de cumplimiento (devolver/ingresar/compensar).
Lo que no podrás hacer con el Pre303 o borrador del IVA, todavía
En 2020 solo se ofrecerán los datos de los Libros Agregados para periodos de liquidación que se encuentren en plazo voluntario de presentación. Por tanto, únicamente se podrán utilizar de base para complementarias del propio periodo de autoliquidación en plazo.
En próximas versiones se mostrará información actualizada para cada periodo, por lo que se podrán presentar complementarias con independencia del periodo al que se refieran (consecuentemente será posible la consulta y presentación vía Pre303 de declaraciones extemporáneas).
Futuras mejoras del Pre303 o borrador del IVA
Pero este proyecto piloto tiene pendientes modificaciones que lo harán apto a todos los trabajadores por cuenta propia.
De hecho, ya en la próxima versión, disponible a partir de julio de 2020, se llevará a cabo una primera mejora del servicio, en la que:
- El contribuyente podrá conocer las facturas y registros que configuran cada importe calculado.
- Se ofrecerán pre cumplimentadas casillas adicionales del Modelo 303 como la casilla 77 “IVA a la importación liquidado por la Aduana pendiente de ingreso” y una cuenta bancaria del contribuyente para la devolución o en su caso domiciliación, entre otros.
Y más adelante podrá trasladarse directamente la información del SII al Pre303 sin necesidad de acceder a los Libros Agregados y se permitirá realizar cálculos para la cumplimentación de declaraciones extemporáneas.
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