La Ley de Medidas Urgentes del Trabajo Autónomo va a cumplir su primer aniversario y aunque su entrada en vigor supuso importantes novedades en materia de Seguridad Social lo cierto es que en materia fiscal las medidas han resultado pobres.
Ahora, en los coletazos de 2018, un contexto de nuevo Gobierno y futuras medidas sobre la mesa, la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) pone de manifiesto la necesidad de abordar y analizar una serie de aspectos que influyen directamente en la actividad de autónomos y pymes y que ATA recoge en un decálogo de propuestas fiscales del autónomo y para el autónomo:
- Reducir el tipo impositivo de la electricidad: La subida de la luz ha supuesto un importante varapalo para el autónomo pues se trata de un recurso básico. La asociación, que preside Lorenzo Amor, solicita la aplicación de IVA al 4%, tipo hiperreducido, en la factura eléctrica.
- Excluir a los autónomos de la subida del diesel: Este hidrocarburante tiene los días contados lo que supone un imprevisto para aquellos autónomos para los que su vehículo es indispensable. La propuesta pasa por eximir del incremento a todos autónomos que se deduzcan el carburante por su actividad. El Gobierno ha adelantado la no afectación de la medida a transportistas y agricultores pero lo que ATA plantea es hacerlo extensible a todos los trabajadores por cuenta propia que puedan justificar la deducción de este gasto.
- Régimen de módulos, sin cambios: El próximo 2019 los 400.000 autónomos que hoy en día tributan por estimación objetiva tendrán unos nuevos límites de facturación y volumen de ingresos a los que atender, en concreto 75.000 y 150.000 euros respectivamente. Esta reducción de los límites responde al régimen transitorio establecido por la Reforma Fiscal de 2015 para acabar con este sistema de magnitudes fijas y no por ingresos reales. Sin embargo, este decálogo de propuestas fiscales del autónomo plantea mantener los límites actuales y sostiene que en la última década un 40% de trabajadores por cuenta propia han salido de este régimen de estimación objetiva.
- Presentación del modelo 347 como hasta ahora: El pasado año nuestra asesoría online conocía la noticia de que el modelo 347, que declara las operaciones con terceros, adelantaba su plazo de presentación del mes de febrero al mes de enero a partir de 2019. La Federación Española de Asociaciones Profesionales de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales (FETTAF) se opone a la medida y ATA se suma a mantener la fecha de presentación del modelo 347 al mes de febrero como hasta el momento.
- IVA exento para nuevos autónomos: El IVA forma parte del día a día del autónomo suponiendo para este una importante carga fiscal. Entre las propuestas fiscales del autónomo se plantea eximir de tributar durante dos años el IVA resultante entre el IVA que el autónomo ingresa de sus clientes y el IVA que paga a sus proveedores, es decir, entre el IVA repercutido e IVA soportado. Esta propuesta, cuanto menos rompedora, está orientada a nuevos autónomos cuya facturación no exceda los 30.000 euros al año.
- IVA del 21% al 13%: ATA propone rebajar el impuesto para aquellas actividades que tras la reforma del IVA de 2012 vieron incrementar el IVA del 13% al 21%. Una gran parte de estas actividades (peluquerías, gimnasios, etc) tributan en régimen de estimación objetiva, módulos.
- Cuota del autónomo societario deducible: También se sugiere que el autónomo societario que trabaje activamente en el seno de la empresa pueda deducirse su cuota íntegra a la Seguridad Social en el Impuesto de Sociedades únicamente en el caso de que la base de cotización sea similar a los ingresos que recibe de la empresa. El objetivo de esta propuesta es incentivar cotizaciones superiores a la mínima por parte de los autónomos societarios. Así, la cotización del autónomo sería un gastos de la empresa y no del propio autónomo.
- Exención de tributar la indemnización de los TRADE: A diferencia del asalariado, el autónomo dependiente tiene que tributar la indemnización que recibe por la extinción de un contrato. ATA plantea igualar la situación del autónomo que factura al menos el 75% de un sus ingresos a un mismo pagador con la del trabajador del Régimen General. Pero cuidado, la letra pequeña de la medida dice que esto sería posible en caso de que la indemnización figurara como cláusula en el contrato registrado por el TRADE y que una misma empresa extinga el contrato al menos a cinco TRADE.
- Deducción al 50% de los gastos afectos a la vivienda: La última ley de autónomos incluyó en su estrecho paquete de medidas fiscales la deducción al 30% de los gastos de la vivienda sobre la superficie afecta a la actividad, un porcentaje que la asociación de autónomos plantea incrementar hasta el 50%.
- Deducción de sueldos y salarios del autónomo colaborador: Por el momento, el autónomo que paga con nómina al autónomo colaborador por labores de sustitución, sin que estas estén definidas por jornada, categoría o retribución, no puede declarar ese gasto como deducible ante Hacienda. ATA plantea darle una vuelta de tuerca a esta situación y corregir la imposibilidad de deducirse sueldos y salarios en el IRPF del autónomo titular.
Estas propuesta, tildadas por ATA de urgentes, afectarán al grueso de los 3.200.000 autónomos que hay en la actualidad.
¿Será 2019 en que los nuevos autónomos no declaren el IVA?, ¿podrás mantener tu tributación por módulos al menos un año más?, ¿será la cuota del autónomo societario un gasto de la empresa y no del autónomo? Toca esperar para saber el futuro y la viabilidad de estas propuestas fiscales del autónomo.