Este es el resumen de novedades que tenemos en este comienzo de 2011 para los autónomos y las pequeñas emrpesas:
· Nuevos mecanismos para la creación rápida y barata de empresas
Permitirán tener una sociedad limitada operativa en un tope de cinco días, a un coste que oscilará entre los 100 euros y 250 euros siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones:
– Capital social entre 3.000 y 3.100 euros, con un coste de 100 euros y 1 día de plazo.
– Capital hasta 30.000 euros, coste de 250 euros y 5 días máximo.
– La empresa a crear no debe tener una estructura de socios compleja que requiera comprobaciones de identidades
– La empresa a crear debe tener unos estatutos tipo que pueda adaptarlos sin apenas cambios.
Se persigue agilizar al máximo todos los plazos, dado que la mayoría se podrán realizar por Internet, consiguiendo tener sociedades mercantiles registradas y listas para para comenzar a operar entre uno y cinco días.
Actualmente, por rápidos que vayan los plazos, tenemos un mínimo que puede oscilar entre 10 y 15 días y coste cercano a los 600 euros para sociedades con un capital de 3.000 euros.
· Se podrá capitalizar el 100% de la prestación por desempleo
Toda persona que tenga concedida la prestación por desempleo y que opte por el autoempleo como salida laboral podrá obtener el 100% de la prestación pendiente de recibir para destinarla a su proyecto empresarial (hacerse autónomo o montar una empresa), contra el 60% existente actualmente de forma general, y el 80% para menores de 30 años y mujeres menores de 35. Se eliminan además los distintos porcentajes que diferenciaban los casos particulares y se establece una única casuística que engloba a todas las opciones.
· Se modifican las bases mínimas y máximas de cotización para los autónomos en el 2011
Se incrementan las cuantías y se modifica el ámbito temporal para seleccionar la base máxima a partir de los 47 años.
Como norma general las bases de cotización en autónomos para el 2010 quedan fijadas en las siguientes cuantías:
– Base mínima de cotización: 850,20 euros mensuales.
– Base máxima de cotización: 3.230,10 euros mensuales
· Nuevos tipo de interés legal del dinero y tipo de interés de demora
4% y 5% respectivamente, según recoge la ley de Presupuestos Generales para el 2011.
·La eliminación de la cuota a pagar a las Cámaras de Comercio
Aunque el año 2010 será el último año en el que las empresas tendrán que abonar de manera obligatoria esta cuota, siendo voluntario a partir del 2011, parece haber un resquicio legal a través del cual esto no parece del todo factible. Dado que las empresas siguen teniendo la obligación de pertenecer a las Cámaras, éstas pueden reclamar su derecho al cobro de las cuotas por esa pertenencia.
· Entrada en vigor de la responsabilidad penal de las empresas
Según la última reforma del Código Penal que ha entrado en vigor a finales de diciembre, las personas jurídicas pueden ser juzgadas por vía penal de los presuntos delitos cometidos en nombre de la propia empresa o por los directivos o empleados de la misma.
Por tanto es responsabilidad de la empresa el dotarse de un sistema de control interno que permita la detección y denuncia de las personas que puedan cometer alguna acción delictiva, de las características que el Código especifica, para no ser responsable subsidiario de esos actos y, por consiguiente, no ser imputado y condenado con penas que puedan llevar a la disolución de la propia empresa. Esta responsabilidad penal sólo afecta a las empresas privadas, siendo que el sector público queda fuera de esta regulación.
· Obligatoriedad de la factura electrónica para contratos con las Administraciones Públicas
Desde el pasado 1 de noviembre de 2010, todas aquellas personas físicas o sociedades mercantiles que emitan facturas a las Administraciones Públicas del Estado han de hacerlo mediante el sistema de factura electrónica.
Esta medida pretende fomentar, inicialmente a través de la facturación a la Administración del Estado e intentando extender su uso al resto de operaciones mercantiles, la utilización de este sistema electrónico de emisión, envío y recepción de facturas.
· Se rebajan los requerimientos para emprender mediante franquicia
La crisis también se nota en este tipo de iniciativas ya que la inversión mínima para iniciar un negocio de este tipo se situa ahora en una media de unos 30.000 euros en lugar de los 60.000 de hace unos años. En muchos casos ocurría que las condiciones económicas que imponían las marcas, cánones, gastos de publicidad obligatorios, inversiones a realizar, pago de un tanto por ciento de la facturación, etc. podrían hacer dudar sobre la conveniencia de adoptar este sistema para un negocio propio.