Este año, ya no hay excusas para no presentar la Declaración de la Renta en plazo, y es que las fechas son más amplias que nunca, del 3 de abril al 1 de julio.
Así, vas a poder tener el tiempo suficiente para revisar bien tu declaración y que no haya ningún error en ella.
Porque sí, cualquier equivocación puede ser motivo de una penalización económica.
Es por esto por lo que vamos a explicarte las sanciones al no presentar la Renta.
La obligatoriedad de presentar la Declaración de la Renta
Algo que debes tener claro desde el principio es que, como autónomo, no hay lugar a dudas: debes presentar tu Declaración de la Renta sin excusas.
No importa si has facturado más o menos, si solamente has tenido un cliente, y todos los requisitos que sí pueden eximir a un profesional por cuenta ajena de la presentación de esta declaración.
Como hemos venido contando, en tu caso particular como autónomo, no se aplica.
Desde este año todos los autónomos están obligados a presentar su Declaración de la Renta, independientemente de sus ingresos.
Y debes saber que las sanciones por no presentarla pueden llegar a ser muy cuantiosas.
Por eso es tan importante conocerlas, para que sepas lo que puede suceder si no cumples con la normativa que se aplica en tu caso como trabajador por cuenta propia.
Aquí te explicamos algunas de las consecuencias.
Nos encargamos de tu Declaración de la Renta
Si Hacienda se da cuenta, el recargo puede ser del 150 %
Es muy difícil sortear a Hacienda.
Y es que, en cuanto a la Declaración de la Renta, está muy atenta a qué autónomos hacen la declaración y quienes no (ya sea porque se han olvidado o porque creían que no estaban obligados).
Cuando te llega una notificación de Hacienda de que no has cumplido con tu obligación en el tiempo establecido, pueden pasar dos cosas distintas, dependiendo del resultado de tu declaración:
- Un recargo de hasta el 150 % de la deuda si el resultado es a pagar.
- Una multa de 150 euros si tu declaración te sale a devolver.
Si tú te das cuenta, el recargo será del 15 %
Las sanciones al no presentar la Renta en el tiempo que corresponde son algo más bajas si eres tú el que te das cuenta del error y decides subsanarlo antes de que Hacienda se percate de este.
Para ello, no solo va a depender del resultado de tu declaración, sino también del tiempo de retraso que hayas tardado en presentarla.
Y es que no será igual superar el año, que hacerlo en un plazo dentro de los primeros 12 meses:
- Hasta 1 año, supondrá un recargo de un 1 % por cada mes de retraso.
- Más de un año implicará un recargo del 15 %, más intereses de demora.
La mejor solución para presentar tu declaración sin preocupaciones
Nadie está libre de olvidarse de la Declaración de la Renta.
Porque es normal que con las responsabilidades del día a día pueda acabar pasándose por alto, incluso aunque las fechas sean tan amplias como las de este año.
Por eso, contar con una asesoría fiscal online como la de Infoautónomos es indispensable.
Nuestro equipo de profesionales expertos se encarga de tu Declaración de la Renta con su servicio personalizado y eficiente, asegurando que tu declaración sea precisa y sin errores, y diseñada para potenciar todos tus beneficios fiscales.