Ya lo venimos diciendo. El sistema de pensiones de la Seguridad Social hace aguas. A los datos que publicaba al término de 2017 la Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores (UATAE) se suman los del Ministerio de Empleo de las últimas décadas que confirman esta realidad. El año 2017 cerró con 2,23 afiliados por cada pensionista, el peor dato desde 1999. ¿Qué supone todo esto para el autónomo a las puertas de la jubilación?
El sistema de pensiones en cifras
Para realizar la lectura adecuada debemos conocer los principales datos que están afectando a la jubilación del autónomo:
- El número de pensiones crece a un ritmo del 1,1% anual mientras que el gasto lo hace a un 3%. Así lo indican informes ministeriales.
- Las nuevas altas en el RETA crecen a un ritmo del 2% anual, según aporta UPTA. La proporción que debe existir entre pensionista y autónomo para que el sistema sea sostenible es es de uno por cada tres respectivamente.
- Conforme a lo indicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) la pensión media del autónomo es de 710 euros frente a los 1.209,07 euros de un asalariado. Además, esta pensión media distribuída en 14 pagas, sobrepasa en apenas 1.600 euros el umbral de precariedad vital.
- La pensiones subirán lo mínimo por ley, 0,25%, hasta 2022
- Más de un millón de autónomos habrán alcanzado la edad jubilación durante los próximos diez años. Hoy por hoy, según la EPA, hay 280.000 autónomos del total de 3.13 millones, en la franja de edad entre los 60 y 65 años.
Las razones que conducen al autónomo a retrasar su jubilación
Más de 200.000 autónomos en edad de jubilación retrasa su retirada laboral y continúa cotizando. Amén de lo insostenible del sistema, los motivos que justifican esta actuación por parte del trabajador autónomo son los siguientes:
No haber cotizado el tiempo mínimo exigido
Hay que indicar que en la mayoría de los casos no hablamos de una prolongación voluntaria de la vida laboral. El periodo mínimo de cotización exigido en la actualidad es de 15 años de los cuales al menos dos deberán estar comprendidos dentro de los últimos 15 años de trabajo. Este cifra se irá ampliando de forma progresiva hasta 2027, año en el que el periodo exigido alcanzará los 25 años.
No alcanzar una prestación digna para la supervivencia
El 80% de los autónomos cotizan por la base mínima, una decisión que influyen en las coberturas sociales, especialmente en la cuantía de la pensión. Y ahora viene la pregunta del millón: ¿cuánto gana un autónomo que haya cotizado durante el periodo básico exigido por la base mínima? La triste realidad es que la paga apenas alcanza los 400 euros mensuales, un motivo más para retrasar la jubilación.
El responsable de esta situación es un sistema de cotización que no se ajusta a los ingresos reales del autónomo obligado a hacer frente a una cuota fija con independencia del resultado de su facturación.
Brecha casi insalvable entre la pensión del autónomo y del asalariado
Este punto, más que motivo para retrasar la jubilación del autónomo, es consecuencia del punto anterior, es decir, de una cotizar por la base mínima durante toda tu vida laboral como autónomo. Según datos extraídos por el Instituto Nacional de Estadística (INE), la pensión media del autónomo es de 710,40 euros frente a los 1209,07 euros de un asalariado; una diferencia de 500 euros que además crece un 0,2% anual y hace aún más inviable la supervivencia del jubilado autónomo con un pensión mínima.
Incentivos de la Administración
De la misma manera que la Seguridad Social aplica reducciones sobre la pensión del autónomo que solicita la jubilación anticipada, la Administración “premia” a quienes posponen su retirada, cuya pensión se verá incrementada entre un 2 y 4% por cada año cotizado tras la edad legal de jubilación. Así quedan los incentivos en función de los años cotizados:
- 2% de incremento para autónomos con menos de 25 años cotizados.
- 2,75% para autónomos con entre 25 y 37 años de cotización.
- 4% para cotizaciones que superen los 37 años.
Jubilación activa entre los autónomos
Otra de las opciones para compatibilizar la actividad laboral y la percepción de una pensión es acogiéndose al régimen de la jubilación activa que, conforme a la última nueva ley de autónomos, ha experimentado cambios. Si eres trabajador por cuenta propia en edad de jubilación y tienes personal contratado en tu negocio podrás compaginar tu actividad y recibir el 100% de la pensión. Hasta el momento, los autónomos en esta situación solo recibían el 50% de la prestación.